¿Puedo cerrar mi terraza o jardín sin pedir permiso a la comunidad de vecinos? La respuesta de la ley española
La cuestión de cerrar la terraza o jardín sin pedir permiso a la comunidad de vecinos es un tema que genera mucha inquietud y confusión entre los propietarios de viviendas en España. Ante esta situación, surge la necesidad de aclarar si es posible realizar este tipo de obras sin la autorización previa de la comunidad de vecinos. En este sentido, la ley española establece ciertos parámetros y requisitos que deben cumplirse antes de proceder a la clausura de la terraza o jardín. A continuación, analizaremos las condiciones y restricciones que se aplican en este tipo de casos, para ayudar a los propietarios a tomar una decisión informada.
¿Puedo cerrar mi terraza o jardín sin permiso? La ley española te da la respuesta
Para ganar terreno, privacidad o silencio, muchos propietarios de terrazas y jardines planean cerrarlos con muros o vallas que, sin embargo, no son tan fáciles de instalar de manera legal. Antes de empezar las obras o la instalación, es necesario cumplir algunos requisitos.
¿Qué dice la ley?
La norma que regula los cerramientos de terraza es la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) que, en su artículo 7.1, deja claro que los propietarios no podrán modificar elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios en caso de que esta alteración menoscabe o altere la estructura general del edificio, o bien su configuración o estado exteriores.
Solamente podrán realizarse este tipo de reformas siempre cuando se cumplan los requisitos recogidos en el artículo 10.3 b): Los cerramientos de terraza requerirán en todo caso autorización administrativa.
El permiso de la comunidad
Además, será necesario que, previamente, la junta de propietarios haya aprobado la reforma con una mayoría de al menos 3/5 del total de propietarios que, a su vez, represente las 3/5 partes de las cuotas de participación.
Antes de llevarse a cabo la junta de propietarios, que tendrá que aprobar la reforma, los interesados deberán consultar los estatutos de la comunidad en los que debería figurar si están permitidos o no los cerramientos y qué tipos se contemplan en cada edificio.
La autorización de la comunidad será necesaria, incluso, si este cerramiento no precisa de obras. Desde Fotocasa insisten en que en el caso de que queramos delimitar nuestra terraza o jardín con cerramientos para ganar privacidad podremos hacerlo siempre que los elementos de separación sean removibles y no permanentes, a pesar de permanecer siempre allí, sin embargo, recuerdan que si necesitan algún tipo de un anclaje a la pared o al suelo, también necesitarán la autorización por parte de la comunidad de propietarios.
¿Y si no se obtiene la licencia?
Respecto a los permisos del ayuntamiento que se necesitan para cerrar una terraza, las exigencias varían en función de la localidad. Sin embargo, lo que es seguro es que de no obtener la licencia y llevar a cabo la obra, el interesado estará expuesto a una multa por cerramiento de terral ilegal y a demandas civiles por parte de vecinos o de la comunidad de propietarios.
Desde el punto de vista administrativo, cada ayuntamiento establece sus propias multas, pero existen supuestos en los que el montante puede ascender hasta 30.000 euros, junto con la obligación de demoler la obra y restituir el inmueble a su estado previo.
Es importante tener en cuenta que la ley es clara en cuanto a la necesidad de obtener los permisos correspondientes antes de realizar cualquier tipo de obra en una terraza o jardín. Es recomendable consultar con la comunidad de propietarios y con el ayuntamiento correspondiente para asegurarse de cumplir con todos los requisitos necesarios.
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