La importancia de elegir: Boda civil o pareja de hecho, ¿cómo afectan a la pensión de viudedad?

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La importancia de elegir: Boda civil o pareja de hecho, ¿cómo afectan a la pensión de viudedad?

La elección entre una boda civil y una pareja de hecho puede parecer una decisión personal y emocional, pero tiene implicaciones jurídicas y económicas importantes que afectan directamente a la pensión de viudedad. En España, la legislación establece diferencias significativas en cuanto a los derechos y beneficios que se derivan de cada una de estas opciones. En este sentido, es fundamental que las parejas tengan conocimiento de las consecuencias de su elección en cuanto a la seguridad social y la planeación financiera a largo plazo. En este artículo, analizaremos las diferencias entre la boda civil y la pareja de hecho, y cómo afectan a la pensión de viudedad.

La Decisión Crucial: ¿Boda Civil o Pareja de Hecho? Consecuencias en la Pensión de Viudedad

En España, muchas parejas deciden dar un paso hacia adelante en su relación, pero no saben si optar por celebrar una boda civil o bien hacerse pareja de hecho. Esta decisión personal es muy importante, ya que hay que contemplar las distintas diferencias que existen en el apartado económico y jurídico.

Además, hay que tener en cuenta que en la legislación actual no hay una forma unánime de legislar las parejas de hecho, al no existir una ley estatal que se encargue de su regulación, de forma que todo varía en función de la comunidad autónoma.

Diferencias entre Matrimonios y Parejas de Hecho

Diferencias entre Matrimonios y Parejas de Hecho

A la hora de hablar de ambos modelos, conviene conocer sus principales diferencias. Una de ellas es el régimen económico. Las parejas que se casan por lo civil pueden optar a distintos modelos como separación de bienes, bien por sociedad de ganancias o bien por régimen de participación, mientras que las parejas de hecho carecen de régimen económico. No obstante, es posible establecerlo mediante un convenio regulador firmado ante notario, y en el que figuren los pactos deseados.

Otra gran diferencia se encuentra en lo que respecta a la disolución de la pareja. En las parejas de hecho no está establecido ningún período de tiempo que sea necesario para poder disolver la pareja, mientras que, en el caso del matrimonio, deben pasar al menos tres meses desde el casamiento para poder divorciarse.

Asimismo, con respecto a las formas, si el matrimonio finaliza por voluntad de uno de los cónyuges o de ambos, o bien porque uno de ellos haya fallecido, una vez exista la petición de divorcio, habrá que comenzar un procedimiento de divorcio o separación. En el caso de las parejas de hecho se disuelven por las mismas razones, pero sin que resulte necesario tramitar ningún procedimiento, aunque sí se debe hacer su notificación en el Registro correspondiente.

Derechos y Consecuencias

Conviene hacer mención a los derechos de ambas formas de unión, debiendo ser conscientes de que las parejas de hecho tienen más dificultades a la hora de recibir una pensión compensatoria en caso de divorcio o separación, lo que no es tan complicado en el caso de que haya celebrado un matrimonio civil. El procedimiento en el caso de una pareja de hecho resulta más largo, complejo y costoso.

Por otro lado, hay que destacar que, mientras que quienes se hayan unido por una boda civil pueden presentar la declaración de la Renta (IRPF) de forma conjunta, esta no es una posibilidad para las parejas de hecho.

Pensión de Viudedad

También hay que destacar las diferencias en lo que se refiere a la pensión de viudedad, pues los cónyuges tienen derecho a ella por matrimonio sin que importe el tiempo que lleven casados ni los ingresos del viudo/a, pero no sucede lo mismo en el caso de las parejas de hecho, que deben haber estado registrados como tales durante al menos dos años antes al fallecimiento, además de haber convivido los cinco años previos. El viudo o viuda tendrá que demostrar que sus ingresos se encuentran por debajo de lo indicado como límite en cada comunidad autónoma.

Laura Ramírez

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