La excedencia de una jueza retrasa las sentencias de los ERE para Chaves y Griñán, y el Tribunal Supremo de Justicia de Andalucía no descarta la posib

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La excedencia de una jueza retrasa las sentencias de los ERE para Chaves y Griñán, y el Tribunal Supremo de Justicia de Andalucía no descarta la posibilidad de otro juicio.

En un giro inesperado en el caso de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) que involucran a los ex presidentes de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves y José Antonio Griñán, la excedencia de una jueza ha retrasado las sentencias que se esperaban en este proceso. La demora ha generado incertidumbre en cuanto al futuro de este caso de gran repercusión política y social en la comunidad andaluza. Ahora, el Tribunal Supremo de Justicia de Andalucía no descarta la posibilidad de que se celebre otro juicio, lo que podría prolongar aún más la espera por una resolución definitiva en este caso.

Nueva crisis judicial: excedencia de jueza retrasa sentencias de Chaves y Griñán

El caso de los ERE, que ya estaba enmarañado, ha sufrido un nuevo revés judicial. La excedencia voluntaria de una de las juezas designadas para dictar las nuevas sentencias ha dejado en el aire los fallos que el Tribunal Constitucional (TC) ordenó dictar tras exonerar del todo o en parte a los condenados en la pieza política, entre ellos, los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

Fallos que ahora han quedado en el aire al cogerse una de las juezas una excedencia voluntaria, lo que o bien retrasará aún más el proceso o, incluso, obligará a la celebración de un nuevo juicio. Así lo ha señalado el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, quien ha confirmado que una de las dos magistradas designadas para dictar las nuevas sentencias está en situación de excedencia voluntaria para cuidar a un familiar.

Una situación inédita

Una situación inédita

Esta situación ha llevado al TSJA a elevar una consulta al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para que determine qué hacer a partir de este punto. Y es que, según ha explicado Del Río, la regla general es que ante un caso judicial de este tipo, las nuevas sentencias las dicten los mismos jueces que intervinieron en el proceso original, con dos únicas excepciones: los magistrados que han perdido la condición de juez o los que pasan a la legislación de excedencia para ocupar cargos políticos.

En este caso, la jueza Encarnación Gómez Caselles, que formaba parte del tribunal que dictó la sentencia inicial en 2019, se encuentra en situación de excedencia voluntaria para cuidar a un familiar, lo que plantea una situación inédita ante la que el TSJA ha consultado al CGPJ.

¿Qué puede pasar ahora?

El presidente del TSJA ha reconocido que esto supone un contratiempo importante para la emisión de los nuevos fallos porque, en primer lugar, hay que esperar a que el CGPJ ofrezca una respuesta. A partir de ahí, hay dos posibles caminos. El primero sería esperar a que pase la situación de excedencia en la que se encuentra la magistrada. Y el segundo, promover una nueva vista, un nuevo juicio con un tribunal distinto, lo que sería un problema de tiempo enorme.

Del Río no ha querido aventurar si sería un juicio idéntico, con repetición o en qué condiciones se celebraría. Sin embargo, ha reconocido que esta situación puede retrasar aún más el proceso.

El contexto

El TC anuló las condenas de la Audiencia de Sevilla que impusieron seis años de prisión por malversación y 15 de inhabilitación por prevaricación a Griñán; y nueve de inhabilitación por prevaricación a Chaves, al tiempo que pidió dictar nuevas sentencias en ambos casos aplicando los fundamentos incorporados por el tribunal y reduciendo considerablemente los hechos delictivos por los que estos deben volver a ser sentenciados.

En concreto, según el TC, no cabe considerar que la participación en la aprobación de anteproyectos de ley de presupuestos y su aprobación como proyectos de ley pueda ser calificada como resoluciones recaídas en asunto administrativo, por lo que no cabe el delito de malversación.

Mientras, el PSOE-A ha defendido que lo que tenga que revisar la Audiencia de Sevilla para dictar las nuevas sentencias es accesorio y no afecta a lo esencial del caso, que es, en opinión de los socialistas, que el Constitucional ya ha dejado cerrado que no hubo una trama política por parte de los anteriores gobiernos del PSOE andaluz.

Jorge Vidal

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