La justicia condena a nueve años de inhabilitación a la exalcaldesa de El Puig por actos de prevaricación

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La justicia condena a nueve años de inhabilitación a la exalcaldesa de El Puig por actos de prevaricación

En un fallo sin precedentes, la justicia ha decidido condenar a la exalcaldesa de El Puig a nueve años de inhabilitación por cometer actos de prevaricación durante su mandato. La sentencia, considerada histórica por su gravedad, establece que la exalcaldesa incurrió en graves irregularidades en el ejercicio de sus funciones, lo que ha llevado a la pérdida de confianza en la gestión pública. Esta condena supone un duro golpe para la política local y un aviso a los gobernantes que deben rendir cuentas de sus acciones. La inhabilitación impuesta por la justicia impedirá que la exalcaldesa participe en la vida política durante casi una década, lo que significará un cambio drástico en la escena política de El Puig.

Condena a 9 años de inhabilitación a exalcaldesa de El Puig por prevaricación

Condena a 9 años de inhabilitación a exalcaldesa de El Puig por prevaricación

La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a la exalcaldesa de El Puig, Luisa Salvador Tomás (PSPV), a una pena de nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito de prevaricación.

Según la sentencia, el tribunal ha determinado que Salvador actuó de manera arbitraria al cesar a una funcionaria que ejercía como interventora del Ayuntamiento sin seguir los procedimientos legales establecidos.

Los hechos ocurrieron en diciembre de 2019, cuando Salvador, tras desavenencias con la funcionaria por las conclusiones de un informe de control financiero, decidió anular el decreto que la designaba como interventora en comisión de servicios. La funcionaria, procedente del Ayuntamiento de Rafelbuñol, había sido nombrada provisionalmente a la espera de la autorización de la Dirección General de la Administración Local.

La sentencia considera probado que la exalcaldesa no justificó su decisión ni siguió los trámites legales requeridos, lo que paralizó el procedimiento y provocó el cese inmediato de la funcionaria el 3 de diciembre de 2019.

La Audiencia valenciana, además, destaca que no se acreditó una causa objetiva para esta decisión y que la actuación de Salvador fue contraria a derecho, tanto en la forma como en el fondo.

Respecto a la desviación de poder en la forma, el tribunal comprueba la existencia de dos irregularidades. La primera se produce por la falta de motivación de la resolución de la alcaldesa por la que acuerda el cese de la interventora que se encontraba en comisión de servicios y, la segunda, deriva de haber dictado el decreto sin sujetarse a procedimiento administrativo alguno, expone la sentencia.

Por tanto, la sala subraya que el cese de un funcionario no puede depender de la voluntad discrecional de un cargo político sin motivo que lo justifique, y que en este caso la resolución fue arbitraria, lo que constituye un delito de prevaricación.

Laura Ramírez

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