¿Excepciones médicas que permiten pilotar una moto sin casco en España? Descubre las condiciones legales para mantener la seguridad en la carretera

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¿Excepciones médicas que permiten pilotar una moto sin casco en España? Descubre las condiciones legales para mantener la seguridad en la carretera

Ante la obligatoriedad del uso del casco en España para todos los conductores de motocicletas, surgen dudas sobre las excepciones médicas que permiten pilotar sin este elemento de seguridad. En efecto, existen ciertas condiciones que, por motivos de salud, justifican la exención del uso del casco. Sin embargo, es fundamental conocer las condiciones legales que rigen estas excepciones para evitar multas y, lo que es más importante, mantener la seguridad en la carretera. A continuación, exploraremos las excepciones médicas que permiten pilotar una moto sin casco en España y las condiciones legales que las rigen.

Excepciones médicas para pilotar sin casco en España: ¿qué condiciones legales debes cumplir?

En España, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha intensificado los controles a los motoristas debido al aumento de la cifra de fallecidos en las carreteras en los últimos años. Sin embargo, existe una normativa que permite pilotar una motocicleta sin llevar el casco puesto, siempre y cuando el conductor esté acreditado por un certificado médico.

¿Qué dice la ley sobre las excepciones al uso del casco en la moto?

¿Qué dice la ley sobre las excepciones al uso del casco en la moto?

El Reglamento General de Circulación (RGC) establece en el artículo 118.1 que los conductores y pasajeros de motocicletas deben utilizar adecuadamente cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente. Sin embargo, en el artículo 119, el RGC especifica que se eximirá de esta obligación a las personas provistas de un certificado de exención por razones médicas graves, expedido por un facultativo colegiado en ejercicio.

Este certificado debe expresar su período de validez y estar firmado por un facultativo colegiado en ejercicio. Además, debe llevar o incorporar el símbolo establecido por la normativa vigente.

¿Cuáles son estas excepciones para portar casco en la moto?

Según el Real Decreto Legislativo 6/2015, referido a la Ley de Tráfico, en su artículo 13.4, los conductores y pasajeros de motocicletas están obligados a portar el casco en las condiciones y con sus excepciones que determine el Reglamento.

Entre las enfermedades recogidas en el anexo IV del Real Decreto 818/2009, que permiten la exención del uso del casco, se encuentran enfermedades graves que no incluyen la claustrofobia, la tinea capitis o la psoriasis.

¿Qué deben llevar los motoristas según la DGT?

La Dirección General de Tráfico ha impuesto una nueva normativa que obliga a los pilotos de moto a portar casco integral o modular homologado y también guantes autorizados por la institución en las vías interurbanas.

Además, la DGT recomienda el uso de pantalones adecuados con protecciones y botas específicas. Gracias a estos elementos de seguridad, se evitan lesiones graves como las fracturas de huesos y, sobre todo, las quemaduras por el contacto con el asfalto.

Marina Ramírez

Soy Marina, una autora apasionada por la actualidad nacional española. En Diario Online, un periódico independiente, comparto mis análisis y opiniones sobre los eventos más relevantes de nuestro país. Con mi pluma perspicaz y mi compromiso con la verdad, busco ofrecer a los lectores una visión objetiva y completa de la realidad que nos rodea. ¡Acompáñame en este apasionante viaje a través de las noticias más importantes de España!

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