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- Condena a tres años de prisión a un hombre por tenencia y distribución de pornografía infantil
- Delitos cometidos
- Material pedófilo hallado
- Circunstancias atenuantes
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Condena a tres años de prisión a un hombre por tenencia y distribución de pornografía infantil
La Audiencia de Sevilla ha condenado a un hombre a tres años de prisión por delito de tenencia y distribución de pornografía infantil. Sin embargo, el tribunal ha suspendido finalmente su entrada en prisión a cambio de participar en un curso formativo en materia de libertad sexual.
La pena de cárcel ha sido suspendida, en concreto, siempre que el varón no vuelva a delinquir durante un periodo de tres años. A cuyo efecto deberá someterse a informe semestral emitido por el centro que le está tratando, a que participe en curso formativo de libertad sexual y a la prohibición de acceder a redes de intercambio de archivos o P2P, según se explica en la condena.
Delitos cometidos
En la sentencia, emitida el 2 de octubre, la Sección Cuarta de la Audiencia declara probado que entre el 30 de julio y el 28 de agosto de 2019, este varón identificado procedió a descargar y compartir más de 30.000 archivos con contenido sexualmente explícito de menores de edad a través del equipo informático de su domicilio, utilizando para ello el programa eMule.
El investigado tiene antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia. Según la sentencia, el 15 de enero de 2020 fue acometido un registro en el domicilio del inculpado, siendo decomisados un ordenador de sobremesa, un portátil y diferentes dispositivos de almacenamiento digital.
En ellos, los agentes hallaron más de 30.000 archivos relacionados con la pedofilia, unos activos y otros borrados pero recuperables, con imágenes de menores de edad protagonizando desnudos o escenas sexuales explícitas.
Material pedófilo hallado
Entre los más de 30.000 citados archivos relacionados con la pedofilia, 364 ficheros fueron localizados en un disco duro interno en la papelera de reciclaje con terminología pedófila, 26 en la carpeta que se usa para guardar los archivos usados recientemente, así como la aplicación de compartición de ficheros P2P eMule, que refleja 83 ficheros descargándose en la aplicación con terminología pedófila, de los cuales veintitrés 23 habían sido compartidos.
En otro disco duro fueron hallados 27.695 archivos en la papelera de reciclaje que poseen nombres con terminología pedófila y un vídeo con contenido pedófilo. Mientras en el ordenador de sobremesa fueron localizados 672 ficheros descargándose en la aplicación con terminología pedófila, de los cuales 68 habían sido compartidos.
También se hallaron almacenados en el dispositivo 1.088 archivos con contenido pedófilo, así como 1.297 archivos de imagen y vídeo eliminados, que poseen nombres con terminología pedófila, detalla la sentencia a la hora de concretar todo el ingente material pedófilo descubierto.
Circunstancias atenuantes
La sentencia declara además probado que al tiempo de los hechos, el acusado padecía de adicción a las bebidas alcohólicas de larga duración que mermaba sus facultades intelectivas. La causa judicial ha sufrido de paralizaciones durante la instrucción, por motivos no imputables al acusado.
Dado el caso, y de conformidad entre las partes del proceso judicial, la Sección Cuarta de la Audiencia ha aplicado en la condena atenuantes de dilaciones indebidas y de alcoholismo.
El varón ha reconocido los hechos.
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