- Un juez cuestiona la querella presentada por Sánchez y considera que puede ser gratuita o arbitraria, sugiriendo que deba ser interrogado por mala fe procesal
- Juez cuestiona querella de Sánchez: Puede ser gratuita o arbitraria y sugiere interrogar al presidente del Gobierno
- La querella, harto defendible de ser abusiva
- La querella ataca actuaciones del juez amparadas por la legislación
- La dignidad de la Presidencia no se ve afectada
Un juez cuestiona la querella presentada por Sánchez y considera que puede ser gratuita o arbitraria, sugiriendo que deba ser interrogado por mala fe procesal
En un inusual y esperado giro en el desarrollo del caso, un juez ha decidido cuestionar la querella presentada por el señor Sánchez, considerando que puede ser gratuita o arbitraria. Esta decisión judicial ha generado un gran revuelo en el ámbito político y jurídico, ya que sugiere que el querellante deba ser interrogado por mala fe procesal, lo que podría tener serias consecuencias para su caso. La comunidad jurídica se encuentra con la mirada puesta en este caso, esperando con interés el desarrollo de los hechos y las consecuencias que se deriven de esta decisión sin precedentes.
Juez cuestiona querella de Sánchez: Puede ser gratuita o arbitraria y sugiere interrogar al presidente del Gobierno
El magistrado Jesús María Santos, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), ha emitido un voto particular en el que cuestiona la querella presentada por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, contra el juez Juan Carlos Peinado, quien investiga a su esposa, Begoña Gómez. El juez considera que la querella puede ser conscientemente gratuita o arbitraria y sugiere que se debería haber abierto una pieza separada para investigar si hubo mala fe procesal al presentarla.
Según el magistrado, la interposición de la querella puede entrañar un ejercicio abusivo del derecho a querellarse y, por lo tanto, podría enfrentar una multa que oscilaría entre 180 euros y 6.000 euros, según la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim).
La querella, harto defendible de ser abusiva
El juez Santos destaca que, aunque está de acuerdo con sus compañeros de tribunal en inadmitir la querella, es importante destacar que la interposición de la misma puede entrañar un ejercicio abusivo del derecho a querellarse y que el querellante, en este caso el presidente del Gobierno, debió ser interrogado.
El magistrado argumenta que la Abogacía del Estado asistió al presidente del Gobierno en la presentación de la querella, por lo que con muy alta probabilidad, no podía dejar de conocer la sinrazón de la querella, el carácter exorbitante y contrario a la buena fe procesal con que estaba ejercitando la acción penal.
La querella ataca actuaciones del juez amparadas por la legislación
El juez Santos También destaca que las resoluciones del juez Peinado, que motivaron la presentación de la querella por posible prevaricación, ni siquiera evidencian indicios de infracción legal y menos aún la torsión del derecho que define el tipo de prevaricación judicial.
Además, el magistrado recuerda que las conductas por las que Peinado investiga a Begoña Gómez no son indisociables del cargo de su marido y que el presidente del Gobierno no tiene por qué haber tenido conocimiento de las mismas por razón de su cargo.
La dignidad de la Presidencia no se ve afectada
El juez se pregunta en qué puede dañar la dignidad de la Presidencia del Gobierno que su titular comparezca como testigo personalmente, y no por escrito, ante un magistrado que desempeña su función.
En referencia a la ampliación de la querella por la resolución del juez en la que acordaba expedir copia de la declaración del presidente del Gobierno para dársela a las partes, el magistrado explica que esa decisión de Peinado no es sino expresión de un respeto escrupuloso del principio de contradicción.
Por todo esto, el juez concluye que la querella promovida por el presidente del Gobierno y materializada por la Abogacía del Estado es conscientemente gratuita o arbitraria y menoscaba seriamente el clima de serenidad y sosiego que debe acompañar el quehacer del Poder Judicial.
Finalmente, el magistrado considera que la Sala debió abrir una pieza separada para determinar mediante acuerdo motivado y previa audiencia del querellante si la interposición de la querella entraña abuso de derecho o mala fe procesal.
Deja una respuesta