- Cuándo se determina que un inquilino es vulnerable y qué consecuencias tiene para la relación con el propietario
- La nueva ley de vivienda redefine la vulnerabilidad de los inquilinos y sus consecuencias
- ¿Quién es vulnerable en el alquiler?
- Cómo se acredita la vulnerabilidad
- ¿Se puede desahuciar a un inquilino vulnerable?
Cuándo se determina que un inquilino es vulnerable y qué consecuencias tiene para la relación con el propietario
La relación entre un inquilino y un propietario puede ser compleja y estar sujeta a various circunstancias. En este sentido, es fundamental determinar cómo se define la vulnerabilidad de un inquilino y qué implicaciones tiene esta condición en la relación con el propietario. La vulnerabilidad de un inquilino puede deberse a diversas razones, como la edad, la discapacidad, la enfermedad crónica o la situación económica. En este artículo, abordaremos los criterios clave para determinar la vulnerabilidad de un inquilino y las consecuencias legales que conlleva para la relación con el propietario.
La nueva ley de vivienda redefine la vulnerabilidad de los inquilinos y sus consecuencias
La Ley de Vivienda, aprobada el pasado año, ha desarrollado el concepto de vulnerabilidad del inquilino, un estatus que puede llegar a paralizar un desahucio y que está sujeto a una serie de condiciones que acreditan esta situación.
¿Quién es vulnerable en el alquiler?
Según explican desde el portal inmobiliario Idealista, los requisitos para considerar a un inquilino vulnerable están sujetos a varios criterios, como la situación personal, familiar, laboral y económica.
Para que un inquilino sea considerado vulnerable, debe darse la circunstancia de que haya perdido su empleo o experimentado una disminución significativa de sus ingresos, de al menos el 40%. También son considerados vulnerables los inquilinos cuya unidad familiar tenga ingresos menores a los establecidos en los umbrales de la ley, supeditados al IPREM:
- Unidad familiar: 1.613,52 euros mensuales (3 veces el IPREM)
- Unidad familiar con hijos a cargo: 1.613,52 + 53,78 euros por hijo; y + 80,67 por hijo en caso de familias monoparentales
- Unidad familiar con mayores de 65 años: 1.613,52 + 53,78 por persona mayor
Cómo se acredita la vulnerabilidad
Para acreditar esta situación, es necesario presentar el certificado del SEPE o de la Agencia Tributaria que demuestren la situación de desempleo, así como una declaración responsable que acredite los requisitos para considerarse sin recursos económicos suficientes.
El solicitante debe remitir la documentación al juzgado y solicitar un informe de los servicios sociales competentes. De cumplirse los requisitos, el juzgado notificará a los servicios sociales de la situación para la concesión de ayudas sociales.
¿Se puede desahuciar a un inquilino vulnerable?
Respecto a la posibilidad de que un inquilino en situación de vulnerabilidad sea desahuciado, es posible que el inquilino solicite el aplazamiento alegando esta vulnerabilidad. El juzgado puede en estos casos determinar una pausa de al menos dos meses antes de notificar al inquilino fecha y hora precisas del lanzamiento.
Para ese momento, los servicios sociales deben asistir a estas personas en riesgo de exclusión social. Además, para que se tramite un desahucio, previamente se deben notificar diferentes datos sobre la situación del inquilino y de la vivienda en cuestión, además de demostrar la aplicación de un procedimiento de conciliación o intermediación en caso de que el inquilino sea un gran tenedor.
Es importante destacar que la nueva ley de vivienda busca proteger a los inquilinos en situación crítica, y establece medidas para evitar la exclusión social y el desahucio de aquellos que lo necesitan más.
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