Detenido por causar un siniestro y negarse a la prueba de alcoholemia, ¿cuáles son los delitos que se le imputan y qué condenas puede recibir?

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Detenido por causar un siniestro y negarse a la prueba de alcoholemia, ¿cuáles son los delitos que se le imputan y qué condenas puede recibir?

Un conductor ha sido detenido por la autoridad competente tras causar un siniestro vial y negarse a someterse a la prueba de alcoholemia, lo que ha generado un gran impacto en la opinión pública. En este sentido, es fundamental conocer los delitos que se le imputan al detenido y las posibles condenas que puede recibir en función de la gravedad de los hechos. En este artículo, analizaremos las implicaciones legales de este caso y exploraremos las consecuencias que puede enfrentar el conductor en cuestión.

Detenido camionero por siniestro y negarse a alcoholemia: delitos y penas que se le imputan

Detenido camionero por siniestro y negarse a alcoholemia: delitos y penas que se le imputan

La Policía Municipal de Valladolid detuvo a un camionero extranjero en la avenida Segovia tras colisionar contra una señal y abandonar el lugar de los hechos. Además, el conductor del tráiler se negó a someterse a las pruebas de alcoholemia y de drogas, lo que motivó su detención y el traslado del camión al depósito municipal.

Este camionero se enfrenta a varios delitos contra la Seguridad Vial tipificados en el Código Penal español. En primer lugar, incumple el artículo 383 del Código Penal, que establece que el conductor que se niegue a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Además, el abandono del lugar del accidente y los daños causados también pueden ser hechos constituyentes de un delito. El Código Penal establece varios delitos contra la seguridad vial, como circular a más de 60 km/h por encima del límite en vías urbanas y a más de 80 km/h en carreteras convencionales (artículo 379), conducción con una tasa de alcoholemia de más de 0,60 mg/l o bajo la influencia de las drogas. También se considera delito la conducción temeraria (art.380) con el agravante del desprecio manifiesto por la vida de los demás (art.381).

También se incluyen como delitos el abandono del lugar de los hechos tras causar un accidente con heridos o fallecidos (art.382), conducir un vehículo a motor en los casos en los que no se tenga carnet o este carezca de puntos en vigor (art. 384), y colocar obstáculos en la vía o derramar sustancias deslizantes o inflamables, así como sustraer la señalización (art. 385).

Para conducir un tráiler como el que estaba al mando del camionero detenido, es necesario tener en vigor la licencia C+E o la C1+E, establecida por la Dirección General de Tráfico. Además, si se quiere ejercer un empleo en el que se deba usar este vehículo, será necesario obtener también el CAP (Certificado de Aptitud Profesional), que está acreditado por los estándares de la Unión Europea, presentando una cualificación inicial y una formación continua.

Laura Ramírez

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