Ayudas y beneficios que dejan de ser compatibles con el subsidio para mayores de 52 años tras la reforma laboral

La reforma laboral ha traído consigo una serie de cambios que afectan directamente a los trabajadores de más de 52 años. Una de las novedades más destacadas es la incompatibilidad de ciertas ayudas y beneficios con el subsidio que reciben los trabajadores en esta franja de edad. Anteriormente, estos trabajadores podían recibir tanto el subsidio como otras ayudas y beneficios, pero a partir de ahora, esta opción ya no será posible. Esta medida ha generado gran inquietud entre los afectados, que se ven obligados a elegir entre recibir el subsidio o renunciar a otras ayudas y beneficios que les eran de gran ayuda.

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Reforma laboral: Ayudas que dejan de ser compatibles con el subsidio para mayores de 52 años

El pasado miércoles 8 de mayo, el Ministerio de Trabajo, liderado por Yolanda Díaz, junto con los líderes de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, firmaron la reforma del subsidio por desempleo que permitirá compatibilizar un salario tanto con el subsidio como con la prestación contributiva por desempleo, entre otras.

El subsidio por desempleo para mayores de 52 años es uno de los puntos de este real decreto ley, que sufrirán modificaciones y que fue, precisamente, uno de los focos del fracaso parlamentario del primer intento de reforma, tumbado por Podemos. Hablamos de la ayuda de aquellas personas que, teniendo esa edad o una superior, se encuentran en situación de desempleo y tienen dificultades para encontrar trabajo por su edad.

Ayudas que son (y no son) compatibles con el subsidio

Ayudas que son (y no son) compatibles con el subsidio

El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda económica que se puede combinar con otros beneficios, aunque su concesión varía según las circunstancias específicas de cada caso.

Concretamente, el subsidio para mayores de 52 años es compatible con el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y la Renta Mínima de Inserción (RMI) si se cumplen los requisitos para la percepción de las mismas. Además, según el SEPE, es posible compatibilizar el subsidio extraordinario de desempleo (SED) o la Renta Activa de Inserción (RAI) si se acreditan las cotizaciones exigidas para ello, siempre que anteriormente hayas percibido otro subsidio distinto del SED (la RAI no es un subsidio y solo si has agotado esta no se tiene acceso) y que, desde entonces, hayas mantenido la inscripción como demandante de empleo de manera ininterrumpida.

Por otro lado, las ayudas que no son compatibles con este subsidio incluyen cualquier otra prestación por desempleo gestionado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o por comunidades autónomas. Algunos ejemplos son el subsidio de renta agraria, el de mayores de 45 años o el de cotización insuficiente.

Tampoco es compatible con ingresos por trabajo por cuenta propia o ajena que superen los límites establecidos en la normativa del subsidio, ni con pensiones de jubilación o de incapacidad permanente que impliquen la finalización de la relación laboral.

Esperamos que esta información sea de ayuda para aquellos que se encuentran en situación de desempleo y buscan entender mejor las ayudas disponibles.

Marina Ramírez

Soy Marina, una autora apasionada por la actualidad nacional española. En Diario Online, un periódico independiente, comparto mis análisis y opiniones sobre los eventos más relevantes de nuestro país. Con mi pluma perspicaz y mi compromiso con la verdad, busco ofrecer a los lectores una visión objetiva y completa de la realidad que nos rodea. ¡Acompáñame en este apasionante viaje a través de las noticias más importantes de España!

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