¿Cómo reclamar una multa que no has recibido notificación oficial?

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¿Cómo reclamar una multa que no has recibido notificación oficial?

En España, es común que los conductores reciban multas por infracciones de tráfico, pero ¿qué ocurre cuando no se ha recibido notificación oficial de dicha multa? Esta situación puede generar confusión y preocupación, ya que la falta de notificación no exime de la responsabilidad de pagar la multa. Sin embargo, existen pasos que se pueden seguir para reclamar una multa injusta o impugnar una sanción que no se ha recibido debidamente. En este artículo, exploraremos las opciones disponibles para los conductores que se encuentran en esta situación y ofreceremos consejos prácticos para reclamar con éxito una multa que no ha sido notificada oficialmente.

Multas sin notificación: ¿cómo reclamar una que no has recibido?

En España, cuando se comete una infracción de circulación, la multa se notifica en el acto, entregando la denuncia correspondiente una vez que se ha identificado al conductor. Sin embargo, existen excepciones en las que la multa no se entrega en el momento, como por ejemplo:

  • riesgo para la circulación, caso en el que el agente deberá indicar los motivos que la impiden;
  • vehículo estacionado en ausencia del conductor, en cuyo caso la denuncia tiene lugar sobre el vehículo;
  • infracción detectada a través de medios de captación y reproducción de imágenes, como sucede en el caso de los radares de velocidad;
  • agentes llevando a cabo labores de regulación, vigilancia o disciplina del tráfico, y no dispongan de los medios apropiados para seguir al vehículo que ha cometido la infracción.

En estos casos, la notificación se realizará mediante la Dirección Electrónica Vial (DEV), y en caso de que no se disponga de la misma, se notificará en el domicilio que hubiese indicado el interesado para el procedimiento o que figure en los registros de la Jefatura Central de Tráfico. Si nadie se hace cargo de la notificación, se practicará un nuevo intento dentro de los tres días siguientes, y si de nuevo fuese imposible la entrega, se publicará la sanción en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

¿Se puede recurrir una multa no notificada?

¿Se puede recurrir una multa no notificada?

Si una multa es notificada, el interesado tiene la posibilidad de interponer una reclamación y presentar sus alegaciones, en primer lugar, durante el procedimiento sancionador, en la vía administrativa, y posteriormente, a través de la vía judicial, en el caso de que la primera no prospere. Sin embargo, si se decide recurrir la multa, se perderá el derecho al descuento del 50% del importe.

El problema surge cuando una persona no ha recibido la notificación de una multa, y esta se haya publicado en el BOE. En este caso, no podrá presentar alegaciones y oponerse a la sanción, y la sanción será firme y podría ser exigida por vía de apremio, incrementando su importe total en un 20% de recargo, e incluso, podría llegar a concluirse el expediente ejecutivo con el embargo de sus cuentas bancarias, salarios, sueldos, devoluciones de la renta u otros impuestos, e incluso con embargos de bienes muebles e inmuebles.

Formulación de un recurso de reposición

En esta fase ejecutiva existen dos momentos en los que cabría la posibilidad de la formulación de un recurso de reposición:

  • ante la notificación de la providencia de apremio,
  • y en una segunda ocasión, cuando se tenga conocimiento de la diligencia de embargo.

Por último, en lo que respecta a la prescripción de una multa no notificada, el plazo de prescripción, que se dará en el caso de que existe inactividad de la administración que tramite el expediente sancionador, dependerá de la gravedad, y podría ir desde los 3 meses en el caso de las infracciones leves hasta los 6 meses de las consideradas graves o muy graves.

Laura Ramírez

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