En un esfuerzo por incrementar la seguridad vial, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha decidido revelar el monto de la multa que se aplicará a los conductores de motocicletas que realicen el denominado caballito en la carretera. Esta práctica, que implica elevar las ruedas delanteras del vehículo mientras se circula, es considerada un peligro tanto para el propio conductor como para otros usuarios de la vía. La DGT ha decidido tomar medidas para prevenir este tipo de conductas peligrosas y garantizar la seguridad en las carreteras españolas. A continuación, se desvelará el secreto detrás de la multa por hacer un caballito en moto y se analizarán las implicaciones de esta medida para los conductores de motocicletas.
La Dirección General de Tráfico intensifica la vigilancia de motoristas con motos camufladas
Las motos han cambiado la movilidad urbana en las ciudades de España en los últimos años, debido a su comodidad y facilidad de estacionamiento. Sin embargo, el aumento de motoristas fallecidos en las carreteras ha llevado a la Dirección General de Tráfico (DGT) a aumentar la vigilancia de este colectivo.
Entre las medidas adoptadas se encuentran la presencia de motos camufladas para pillar infracciones de motoristas, como acrobacias o adelantamientos peligrosos. Estas motos patrullan únicamente en ciertos territorios de España.
La sanción por hacer caballitos con la moto
Si un motorista es pillado realizando un caballito con su motocicleta, la multa que podría imponer la DGT oscila entre 200 y 500 euros, dependiendo de la peligrosidad de la maniobra y su impacto en el resto de usuarios de la vía.
En los casos leves, la sanción sería de 200 euros y la retirada de cuatro puntos del carnet de conducir. Sin embargo, si se llevan a cabo caballitos que ponen en riesgo a otros conductores o en zonas de la vía pública muy transitadas, la infracción puede ser considerada como una conducción temeraria, lo que aumenta la sanción a 500 euros y la pérdida de seis puntos.
La pena por una conducción temeraria
Además de la sanción económica y la retirada de puntos, la conducción temeraria implica una serie de penas que vienen recogidas en el artículo 380 del Código Penal, que establece prisión de seis meses a dos años y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.
Si se considera que se circula con manifiesto desprecio por la vida de los demás (artículo 381), la pena será mayor. A su vez, si hay víctimas, la estancia en prisión puede llegar a ascender hasta los cinco años.
Es importante recordar que la seguridad en el tráfico es una responsabilidad compartida entre todos los usuarios de la vía, y que la conducción temeraria puede tener graves consecuencias.
Otras infracciones y sanciones
Además de la conducción temeraria, existen otras infracciones que pueden acarrear sanciones económicas y retirada de puntos. Por ejemplo, si se graba mientras conduce un vehículo, se incurre en una infracción por sujetar el teléfono móvil mientras conduce, lo que puede suponer una multa de 200 euros y la pérdida de seis puntos del carnet de conducir.
Es importante recordar que la seguridad en el tráfico es una responsabilidad compartida entre todos los usuarios de la vía, y que la conducción responsable es fundamental para evitar accidentes y salvar vidas.
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