Denuncia contra la Policía: ¿Es legítimo realizar la prueba de alcoholemia a un conductor herido en un accidente?

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Denuncia contra la Policía: ¿Es legítimo realizar la prueba de alcoholemia a un conductor herido en un accidente?

Una denuncia ha sido interpuesta contra la Policía tras un incidente que ha generado gran polémica en la opinión pública. Se trata del caso de un conductor que, después de sufrir un accidente de tráfico, fue sometido a una prueba de alcoholemia por parte de los agentes del orden. La cuestión que se plantea es si es legítimo realizar esta prueba a una persona que ha resultado herida en un accidente y, por lo tanto, se encuentra en una situación de vulnerabilidad. ¿Es prioridad la seguridad vial o se está violando los derechos de los ciudadanos? En las próximas líneas, analizaremos este caso y exploraremos las implicaciones legales y éticas que conlleva.

Denuncia contra la Policía: ¿Es legítimo forzar a un conductor herido a realizar una prueba de alcoholemia?

En España, cada año se realizan cerca de 10 millones de pruebas de alcoholemia, sumando las que llevan a cabo la Guardia Civil, las policías autonómicas y las policías locales. Aunque en su gran mayoría son controles preventivos, también se suelen hacer a los conductores implicados en los accidentes de tráfico.

Este es el caso de un conductor en Paracuellos del Jarama (Madrid) que sufrió un siniestro con su motocicleta y que va a emprender acciones legales contra la Policía Local de este municipio por obligarle a practicarle una prueba de alcoholemia cuando se encontraba malherido.

El accidente y la prueba de alcoholemia

El accidente y la prueba de alcoholemia

Todo se remonta a noviembre de 2023, cuando una patrulla de la Policía Local de Paracuellos del Jarama acudió a la avenida de los Hoyos de dicha localidad, ya que se había producido un accidente de una motocicleta. Una vez en el lugar de los hechos, entrevistaron al conductor que se encontraba malherido y consideraron que se podía encontrar bajo la influencia del alcohol.

Por tanto, le sometieron a la prueba de alcoholemia, dando la primera prueba un resultado de 0,47 mg/l y no pudiendo llevar a cabo la segunda debido a que el conductor interrumpía la realización de esta, según indica Europa Press tras visualizar el atestado policial.

Las consecuencias del accidente

Después se trasladó al herido al hospital de San Sebastián de los Reyes, en el que le atendieron las heridas, ya que presentaba siete costillas rotas y el pulmón izquierdo perforado.

La denuncia y la decisión del juez

Por esta razón, el conductor presentó una denuncia ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Torrejón de Ardoz, basándose en que no estaba en condiciones de realizar la prueba por sus heridas con el fin de que le exculparan del delito por negarse a que le practicaran el test de alcoholemia.

Por último, el juez ha dictado el sobreseimiento del caso, debido a que no existió una negativa a la realización de la prueba, que era el delito (artículo 383 del Código Penal) por el que se iba a juzgar al conductor, debido a que existieron problemas de salud que le impidieron soplar en la prueba de alcoholemia.

La legislación sobre alcoholemia

El Código Penal español establece en su artículo 379.2 como un delito la conducción de un vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas cuando se arroje “una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro”.

Asimismo, en caso de dar positivo en el control de drogas, esta circunstancia también está recogida como delito en el mismo artículo del Código Penal. Por otra parte, también está recogido en el Código Penal en su artículo 383 como un hecho constituyente de delito negarse a hacerse la prueba de alcoholemia.

Jorge Vidal

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