¿Derecho a indemnización si se retrasa tu vuelo? Conocé el supuesto que te permite pedir una compensación

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¿Derecho a indemnización si se retrasa tu vuelo? Conocé el supuesto que te permite pedir una compensación

Si alguna vez has experimentado la frustración de llegar al aeropuerto con tiempo de sobra, solo para descubrir que tu vuelo ha sido retrasado, no estás solo. Cada año, miles de pasajeros se ven afectados por retrasos y cancelaciones de vuelos, lo que puede generar pérdidas de tiempo y dinero. Sin embargo, ¿sabías que en algunos casos tienes derecho a una indemnización? En este artículo, te explicamos el supuesto que te permite pedir una compensación y qué debes hacer para reclamarla.

Derecho a indemnización por retrasos: ¿Cuándo puedes pedir compensación por un vuelo retrasado?

La empresa pública que gestiona los aeropuertos españoles, Aena, ha informado de una incidencia en su sistema informático que se está produciendo a escala global y que está provocando alteraciones en los sistemas y los aeropuertos españoles, pudiendo provocar retrasos en los vuelos programados. Esta incidencia se produce en plenas vacaciones de verano, un periodo muy inoportuno para estas incidencias debido a que es la época de mayor afluencia de viajeros en los aeropuertos.

En este contexto, muchos pasajeros se preguntan si tienen derecho a ser indemnizados en el caso de que sus vuelos se vean afectados finalmente. Según la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), a partir de las dos horas de retraso, los pasajeros tienen derecho a recibir asistencia por parte de la compañía aérea y a partir de las tres horas pueden recibir compensación económica.

Normativa europea sobre indemnización

Normativa europea sobre indemnización

La normativa europea recoge que la indemnización será de 250 euros en vuelos de hasta 1.500 kilómetros de distancia; de 400 euros en trayectos de entre 1.500 km y 3.000 km; y de 600 euros en viajes de más de 3.000 km.

No obstante, las aerolíneas solo tendrán que indemnizar a los pasajeros si el motivo de la incidencia es imputable a la propia compañía aérea, tal y como recoge el Reglamento (CE) 261/2004, por el que se establecen normas comunes en la Unión Europea sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de vuelos.

Causas extraordinarias que eximen de indemnización

A los hechos que eximen a las aerolíneas de pagar cualquier tipo de compensación a sus clientes por las demoras sufridas se les denomina como causas extraordinarias y pueden ir desde condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo hasta huelgas que afecten a las operaciones, siempre que no se trate del propio personal de la empresa.

En este caso concreto, los posibles retrasos se relacionan con un fallo informático del gestor aeroportuario Aena que a su vez está relacionado con una incidencia sufrida por un proveedor externo como Microsoft y CrowdStrike, por lo que, en un principio, los afectados no tendrían derecho a ser indemnizados. Este hecho, además, podría ser calificado como extraordinario al ser inusual y un fenómeno global.

Es importante tener en cuenta que, en caso de retraso, es fundamental verificar si la causa del retraso es imputable a la compañía aérea o si se trata de una causa extraordinaria que la exima de responsabilidad.

Laura Ramírez

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