- El Ejecutivo permite la confiscación de criptomonedas en caso de querella y delitos financieros
- Confiscación de Criptomonedas: Ejecutivo da Luz Verde a la Regulación Tributaria
- Reconocimiento de Criptomonedas como Bienes Susceptibles de Embargo
- Adaptación de Obligaciones Informativas sobre Criptomonedas
- Modificaciones en la Ley General Tributaria
- Refuerzo del Intercambio de Información
El Ejecutivo permite la confiscación de criptomonedas en caso de querella y delitos financieros
En un movimiento contundente contra la impunidad financiera, el Ejecutivo ha tomado la decisión de permitir la confiscación de criptomonedas en casos de querella y delitos financieros. Esta medida busca fortalecer la lucha contra la criminalidad económica y proteger a los ciudadanos de las actividades ilícitas que se esconden detrás de la opacidad de las criptomonedas. Con esta nueva normativa, las autoridades competentes podrán intervenir y decomisar los activos digitales cuando existan indicios de que han sido utilizados para cometer delitos como el lavado de dinero, la financiación del terrorismo o la evolución fiscal. Esta medida es un paso importante hacia una mayor transparencia y seguridad en el mundo de las criptomonedas.
Confiscación de Criptomonedas: Ejecutivo da Luz Verde a la Regulación Tributaria
El Consejo de Ministros ha dado luz verde a un anteproyecto de Ley que supondrá cambios normativos sobre las obligaciones tributarias relacionadas con el mercado de las criptomonedas. Esta medida es una respuesta a la rápida evolución de los servicios bancarios y de pago y de los medios de pago, entre las que están las tecnologías de registro de criptoactivos.
Reconocimiento de Criptomonedas como Bienes Susceptibles de Embargo
El citado texto recoge que se reconozca de manera expresa a las criptomonedas entre los bienes susceptibles de sufrir embargos, así como a los bienes y derechos situados en entidades de pago y de dinero electrónico. Esto permitirá una mayor transparencia y control en el mercado de las criptomonedas.
Adaptación de Obligaciones Informativas sobre Criptomonedas
La futura regulación permitirá la adaptación de las obligaciones informativas sobre criptomonedas situadas en el extranjero y sobre saldos en las mismas, en las que se sustituye el concepto de moneda virtual por el de criptoactivo. Esto supondrá un importante avance en el ámbito del intercambio internacional de información fiscal, ha asegurado el Ministerio de Hacienda.
Modificaciones en la Ley General Tributaria
Al margen de las modificaciones anteriores, que afectan al ámbito de la asistencia mutua, en el anteproyecto de ley también se efectúan diversas modificaciones en la Ley General Tributaria (LGT) en materia recaudatoria. La transposición implicará así la modificación de la LGT, junto a otras modificaciones legales necesarias.
Refuerzo del Intercambio de Información
Habrá un refuerzo para los actuales mecanismos y ampliando la información intercambiada, revelado en los últimos años como un instrumento esencial por la transparencia fiscal y en la lucha contra el fraude. Lo mismo ocurrirá en el ámbito del suministro de información a la Administración Tributaria, al mejorar tanto la asistencia al contribuyente como el control del cumplimiento de las obligaciones tributarias y lucha contra el fraude.
La transposición de la directiva DAC8 permitirá constituir el marco regulatorio necesario para, una vez se comiencen las obligaciones de información, dar cumplimiento a las obligaciones de asistencia mutua con el resto de estados miembros de la Unión Europea.
La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha destacado la importancia de esta medida para refrenar el fraude y la evasión tributaria en el mercado de las criptomonedas.
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