El Gobierno aplica presión al Supremo con dos sentencias para que amniste a Puigdemont

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El Gobierno aplica presión al Supremo con dos sentencias para que amniste a Puigdemont

En un nuevo capítulo del conflicto político entre el Ejecutivo español y el líder independentista catalán, el Gobierno ha decidido ejercer presión sobre el Tribunal Supremo para que reconsidere la situación de Carles Puigdemont, actualmente refugiado en Bélgica. Según fuentes cercanas al caso, el Ejecutivo ha preparado dos sentencias que buscan minimizar la responsabilidad penal del expresidente catalán y, de esta manera, allanar el camino hacia una posible amnistía. Esta medida política tiene como objetivo principal calmar las tensiones en Cataluña y sentar las bases para un diálogo político entre las partes.

El camino judicial para Puigdemont: amnistía, recurso y recurso de amparo al Constitucional

El líder de Junts, Carles Puigdemont, aún tiene varias opciones para recurrir la decisión del Tribunal Supremo de no amnistiar el delito de malversación que se le atribuye. El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y el ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente, confían en que el Tribunal Constitucional tome la decisión definitiva.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ya había decidido amnistiar al exconseller Miquel Buch, condenado a cuatro años y medio de prisión y 19 años de inhabilitación por malversación y prevaricación. Buch había contratado al exsargento de los Mossos Lluís Escolà como asesor para escoltar a Puigdemont tras su huida a Bélgica. El TSJC entendió que no hubo afán de lucro personal en sus acciones y les concedió a ambos la medida de gracia, por lo que quedó extinguida su responsabilidad civil y penal y se eliminaron sus antecedentes.

La sentencia del Juzgado de Instrucción número 18 de Barcelona

Otra sentencia que contradice la decisión del Tribunal Supremo es la del Juzgado de Instrucción número 18 de Barcelona, que acordó la aplicación de la amnistía por malversación al exconseller catalán Francesc Homs a finales de julio. La jueza Carmen García decidió aplicarle la amnistía a Homs, que fue conseller durante los gobiernos de Artur Mas y autorizó los gastos en la promoción exterior del procés, alegando que la malversación no generó enriquecimiento propio ni afectó a los fondos europeos, de acuerdo al criterio de la Fiscalía.

El Gobierno presiona al Supremo

El ministro de Transportes, Óscar Puente, ironizó sobre la decisión del Tribunal Supremo, señalando que hay tribunales de instancia en este país que han aplicado la ley de amnistía para los delitos de malversación. El ministro dijo que la interpretación del Supremo no es correcta a ojos del Gobierno, insistiendo en la literalidad de la norma aprobada en el Congreso de los Diputados. El tenor literal de la ley es claro y lo que ha hecho el Tribunal Supremo interpretándola es prescindir de ese tenor, apuntó Puente.

El camino hacia el Constitucional

El Gobierno confía en que el Tribunal Constitucional acabe corrigiendo al Supremo, pero para llegar a ese punto la defensa del expresident aún tiene que agotar varias vías. En primer lugar, el Supremo aún tiene que resolver el recurso presentado por la defensa de Puigdemont contra la decisión de no amnistiar la malversación por la que está procesado en rebeldía. Si finalmente el Alto Tribunal no cambia su decisión y continúa considerando que el delito de malversación no es amnistiable, el líder de Junts podrá presentar un recurso a una instancia superior, que sería un tribunal de apelación formado por tres jueces de la Sala de lo Penal. Y si este recurso también se desestima, la última instancia a la que puede recurrir es al Tribunal Constitucional a través de un recurso de amparo, que es a lo que precisamente quiere llegar la defensa del líder de Junts y a lo que le encomienda también el Gobierno.

Este recurso, regulado en el artículo 44 de la ley orgánica del Tribunal Constitucional, está previsto para los casos en los que haya una violación de un derecho o libertad susceptible de amparo constitucional. La violación debe ser imputable de modo inmediato y directo a una acción y omisión de un órgano judicial. Para presentar el recurso, Puigdemont deberá razonar qué derecho fundamental (o derechos fundamentales) ha sido violado por la decisión del Tribunal Supremo.

A su vez, el recurso de amparo al Constitucional también es un requisito para recurrir a Europa, una vía que ya utilizaron tanto procesados como condenados del procés en el pasado.

Marina Ramírez

Soy Marina, una autora apasionada por la actualidad nacional española. En Diario Online, un periódico independiente, comparto mis análisis y opiniones sobre los eventos más relevantes de nuestro país. Con mi pluma perspicaz y mi compromiso con la verdad, busco ofrecer a los lectores una visión objetiva y completa de la realidad que nos rodea. ¡Acompáñame en este apasionante viaje a través de las noticias más importantes de España!

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