El plazo máximo de baja laboral en España se establece en.

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El plazo máximo de baja laboral en España se establece en.

En un intento por racionalizar el sistema de baja laboral en España, el gobierno ha decidido establecer un plazo máximo para que los trabajadores puedan permanecer de baja laboral. Esta medida busca reducir la duración de las bajas laborales, que en muchos casos se prolongan durante períodos prolongados, y mejorar la gestión de los recursos en el ámbito laboral. Según los datos, España tiene una de las tasas de absentismo laboral más altas de la Unión Europea, lo que supone un alto costo económico para las empresas y la sociedad en general. Con esta nueva normativa, se busca favorecer la reincorporación temprana de los trabajadores a sus puestos de trabajo y mejorar la productividad en el ámbito laboral.

El plazo máximo de baja laboral en España: 545 días y prórroga posible

La incapacidad temporal, más conocida como baja laboral, es un derecho que tiene cualquier trabajador para poder ausentarse de su puesto de trabajo tras sufrir un accidente o una enfermedad. Reconocido por el Estatuto de los Trabajadores, permite que, ante una dolencia, lesión o enfermedad, el trabajador tenga la posibilidad de curarse y recuperarse en su casa o centro hospitalario para regresar a su puesto de trabajo.

La normativa contempla una serie de condiciones para la incapacidad temporal, siendo una de las más importantes la de conocer el tiempo máximo de baja laboral en España, pues si no fuese posible la recuperación dentro del tiempo estipulado, se estaría hablando de una incapacidad permanente.

La capacidad laboral: entre la recuperación y la protección social

La capacidad laboral: entre la recuperación y la protección social

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) protege a los afiliados prolongando la baja médica según varias condiciones, estableciéndose en el artículo 169 de la Ley General de la Seguridad Social que, el periodo máximo de baja laboral es de 365 días (un año), aunque puede llegar a incrementarse en 180 días (6 meses) más en aquellos casos en los que el médico evaluador considere que durante este período de tiempo el trabajador puede ser dado de alta médica por curación o se prevea una mejora significativa de su dolencia durante este período.

En caso contrario, se iniciará el procedimiento para valorar una incapacidad permanente. Ese tiempo máximo de observación por enfermedad profesional se cifra en 180 días, que podrían prorrogarse otros 180 días, cuando se considere que es necesario para el estudio y diagnóstico de la enfermedad. Con ello se busca garantizar que los trabajadores puedan recibir la atención y tiempo que necesitan para poder recuperarse por completo.

El límite de una baja laboral

En el caso de trabajadores cuya condición de salud persista más allá de una incapacidad temporal, desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social se gestiona la solicitud de las pensiones. Aquellas personas que superen el tiempo de incapacidad temporal, podrán llegar a optar por recibir una pensión contributiva de incapacidad permanente en los casos en los que hayan cotizado un mínimo durante su vida laboral. En caso contrario, podrán solicitar una pensión no contributiva de invalidez.

Con esta normativa, desde la Seguridad Social se busca que exista un equilibrio entre el derecho que tiene un trabajador a recuperarse de una enfermedad o lesión con el propio deber de tener que reincorporarse al mercado laboral con la mayor prontitud posible, garantizando que haya una protección social adecuada.

La protección social

Pór este motivo, el INSS establece que un trabajador puede estar hasta 545 días de baja médica por incapacidad temporal, donde se contemplan tanto los 365 días iniciales que el trabajador puede estar de baja como los 180 días adicionales de prórroga que pueden aplicarse si el médico lo considera oportuno.

En todo caso, si no llega la recuperación y la lesión se cronifica, la incapacidad temporal se transformaría en una incapacidad permanente. En estos casos, el INSS ofrece una ayuda a estos trabajadores con una pensión enfocada a compensar la reducción de ingresos provocada por la incapacidad para trabajar.

No obstante, aunque no hay una edad mínima para recibir esta ayuda, sí que se debe haber cotizado un período mínimo de años, salvo en aquellos casos en los que la baja venga provocada por una enfermedad laboral o un accidente de trabajo. Asimismo, el solicitante solo podrá acceder a la prestación si no ha alcanzado la edad ordinaria de jubilación y se encuentra dado de alta en la Seguridad Social o en una situación de asimilado al alta.

Susana Vidal

Soy Susana, redactora de la página web Diario Online, un periódico independiente de actualidad nacional española. Mi pasión por la escritura y la veracidad de la información me lleva a investigar a fondo cada noticia que publicamos. Con un enfoque objetivo y crítico, me esfuerzo por ofrecer a nuestros lectores contenidos relevantes y de calidad. Mi compromiso es mantener informada a la sociedad española, abordando temas de interés público con profesionalismo y ética periodística. ¡Gracias por seguirnos en nuestra plataforma digital!

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