El Tribunal Supremo confirma condena de dos años de prisión a un hombre que abusó sexualmente de su sobrina, hija de la pareja

En un fallo histórico, el Tribunal Supremo ha confirmado la condena de dos años de prisión para un hombre que cometió abusos sexuales contra su propia sobrina, hija de la pareja. Este caso tiene un carácter especialmente gravoso ya que se trata de un delito cometido dentro del núcleo familiar, lo que hace que la confianza y la seguridad de las víctimas sean aún más vulneradas. La sentencia emitida por el alto tribunal pone de relieve la importancia de proteger a las víctimas de abusos sexuales y de condenar a los responsables de estos delitos.

Index

Tribunal Supremo confirma condena de dos años de prisión por abusos sexuales a una menor de edad

El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la condena de dos años de cárcel impuesta en Sevilla a un hombre por abusos sexuales continuados sobre una menor de edad, sobrina de su pareja.

La sentencia, emitida el pasado 30 de abril, confirma la decisión de no aplicar la Ley 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, conocida como ley del sólo sí es sí, ya que el delito cometido se encuentra castigado con la misma pena en dicha regulación y en la anterior.

Hechos probados

Hechos probados

Según la sentencia de la Audiencia de Sevilla, el acusado mantuvo una relación sentimental con la tía de la víctima, una menor nacida en 2005. Aprovechando que la menor se quedaba con cierta frecuencia a su cuidado en su domicilio, el acusado cometió abusos sexuales continuados contra la menor, incluyendo tocamientos y besos en la boca.

Estos comportamientos se iniciaron cuando la menor tenía unos seis años de edad y se prolongaron hasta cuando tenía ya cumplidos los 13 años, habiendo tenido lugar también en el anterior domicilio del acusado, o con ocasión de viajes familiares en una playa de Huelva en los meses de verano.

Recurso de casación

La defensa del inculpado alegaba que la declaración de la víctima no reúne los requisitos exigidos para ser considerada prueba de cargo que enerve la presunción de inocencia, y que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) no se había pronunciado sobre el posible chantaje que se invocó sobre la disposición de un bien inmueble.

Sin embargo, el Supremo expone que el TSJA ratificó que la declaración de la menor reunía los requisitos exigidos para ser considerada prueba de cargo y concluyó que no existía ánimo espurio en las manifestaciones de la víctima, porque resultaba totalmente inverosímil que la menor se hubiera inventado los hechos y mantuviera su versión inculpatoria durante todo el procedimiento, simplemente por enfado o venganza frente a algunas regañinas efectuadas por el recurrente.

Ley del sólo sí es sí

El Supremo también se pronuncia respecto a la decisión de no aplicar la Ley 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, conocida como ley del sólo sí es sí. La defensa del inculpado insistía en su demanda y solicitaba la aplicación del subtipo atenuado de dicha nueva regulación.

Sin embargo, el Supremo detalla que la Audiencia impuso al recurrente la pena mínima, es decir, dos años de prisión, y con la Ley 10/2022, las conductas descritas en el factum tendrían encaje legal en un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años del artículo 181.1 del Código Penal castigado con pena que, teniendo en cuenta la continuidad delictiva y la atenuante muy cualificada, oscilaría entre dos y cuatro años de prisión.

Por lo tanto, como razonó el Tribunal Superior de Justicia, no puede aplicarse de forma retroactiva la Ley 10/2022 por cuanto el delito cometido se encuentra castigado con la misma pena en ambas normativas.

Laura Ramírez

Hola, soy Laura, periodista de la página web Diario Online, un periódico independiente de actualidad nacional española. Mi pasión por la verdad y la objetividad me impulsa a investigar a fondo cada noticia que presento, brindando a nuestros lectores información veraz y relevante. Con una pluma ágil y comprometida, busco transmitir los hechos con claridad y rigor, contribuyendo a la formación de una sociedad informada y crítica. En Diario Online, trabajamos con el firme propósito de ser un referente en el periodismo digital, manteniendo siempre nuestra independencia y profesionalismo. ¡Gracias por seguirnos!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir