Incapacidad permanente total: todo lo que debes saber

La incapacidad permanente total es un tema de gran relevancia para aquellos que han sufrido un accidente o enfermedad que les impide desarrollar sus actividades laborales de manera habitual. Sin embargo, muchos desconocen los derechos y beneficios a los que tienen acceso en este tipo de situaciones. En este sentido, es fundamental estar informado sobre los conceptos clave, como la evaluación de la discapacidad, los requisitos para solicitar la incapacidad permanente, y los beneficios económicos que se pueden recibir. A continuación, te presentamos una guía exhaustiva para que sepas todo lo que debes saber sobre la incapacidad permanente total y puedas defender tus derechos.

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La Incapacidad Permanente Total como Opción para Recibir una Pensión

En España, la incapacidad permanente total se reconoce cuando un trabajador, después de pasar por una situación de incapacidad temporal, tiene una reducción grave en su capacidad laboral debido a una enfermedad común, profesional o un accidente.

Esta situación se caracteriza por una reducción a nivel funcional o anatómico que hace que el trabajador tenga una menor capacidad para realizar sus tareas laborales. En este caso, el trabajador tendrá la opción de cobrar una pensión para compensar la pérdida económica que pueda tener.

Quiénes pueden acceder a una Incapacidad Permanente Total

Quiénes pueden acceder a una Incapacidad Permanente Total

Además de los trabajadores que han pasado por una situación de incapacidad temporal, también pueden acceder a una incapacidad permanente total aquellas personas que padecen discapacidad y que estaban trabajando, pero que, en algún momento de su vida laboral, han visto cómo la discapacidad se ha agravado.

En este caso, la discapacidad hace que tengan una menor capacidad para continuar con su actividad laboral. Sin embargo, no se inhabilita al trabajador para realizar todas o las principales tareas de su profesión habitual, sino que se inhabilita para poder dedicarse a otra profesión diferente.

Requisitos para acceder a una Incapacidad Permanente Total

Para poder acceder a una incapacidad permanente total y obtener una prestación por ello, se deben cumplir una serie de requisitos.

En primer lugar, el beneficiario no debe tener la edad prevista para la jubilación o no cumplir con los requisitos para tener acceso a la misma, y debe estar afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada.

Además, en el caso de que la incapacidad derive de una enfermedad común, se tendrá que haber cotizado durante un período mínimo, que variará en función de la edad.

Si se tienen menos de 31 años, habrá que haber cotizado al menos la tercera parte del tiempo que haya pasado entre los 16 años y la fecha en la que se produjo el hecho causante de la incapacidad.

Si se tienen 31 años o más, habrá que haberlo hecho durante una cuarta parte del tiempo que haya pasado entre los 20 años y la fecha en la que tiene lugar el hecho causante, con un mínimo de 5 años.

Cuánto se percibe por una Incapacidad Permanente Total

El importe a recibir con la prestación por incapacidad permanente total se calcula con la aplicación de un porcentaje sobre la base reguladora del empleado, que depende de la causa que ha originado la incapacidad.

Por norma general, el porcentaje es del 55% de la base reguladora, aunque se puede incrementar en un 20% más para personas mayores de 55 años si, por falta de preparación y sus circunstancias laborales y sociales del lugar en el que resida, se considera que tendrá dificultades para encontrar otra actividad laboral diferente a la suya habitual.

En aquellos casos en los que la incapacidad derive de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, la prestación aumenta en un 30% a un 50% cuando tenga que ver con una falta de cumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales por parte del empresario, que será quién tenga que afrontar este recargo.

Si la incapacidad viene provocada por una enfermedad común, la cuantía de la pensión no podrá ser inferior a la pensión mínima fijada anualmente en la Ley de Presupuestos Generales para menores de sesenta años con cónyuge que no tenga a cargo, que es de 872,3 euros mensuales.

Laura Ramírez

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