Ingreso Mínimo Vital denegado: pasos para reclamar y qué hacer
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una ayuda económica destinada a garantizar una renta mínima a aquellos ciudadanos que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica. Sin embargo, en muchos casos, esta solicitud es denegada por various motivos. En este sentido, es fundamental conocer los pasos para reclamar y entender qué medidas se pueden tomar para revertir esta situación. En este artículo, se presentarán las opciones disponibles para aquellos que han visto rechazada su solicitud de IMV, así como los requisitos necesarios para presentar una reclamación efectiva.
Denegado el Ingreso Mínimo Vital (IMV): ¿qué hacer y pasos para reclamar la ayuda económica
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación en España que está enfocada a ayudar a los ciudadanos que se encuentran en riesgo de pobreza y exclusión social por carecer de recursos para cubrir sus necesidades básicas. Con apenas unos años en funcionamiento, ya son miles los españoles que disfrutan de esta ayuda, si bien otros muchos han visto cómo su solicitud ha sido desestimada.
Si este es tu caso y la solicitud del IMV ha sido denegada, existe la posibilidad de reclamar ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), además de tener la posibilidad de volver a presentar una nueva solicitud.
Razones más frecuentes de denegación
Antes de reclamar el rechazo, es necesario conocer las razones que puedan haberlo motivado, de manera que se puedan presentar las alegaciones pertinentes para cada caso en particular. Los motivos más frecuentes son:
- Superar los ingresos o patrimonio establecidos
- Discrepancias con la unidad de convivencia declarada
- Presentar documentación duplicada o incompleta
- Ser administrador de una sociedad
Pasos para reclamar ante un IMV denegado
Para presentar una reclamación previa por la denegación del Ingreso Mínimo Vital, se puede recurrir a la sede electrónica de la Seguridad Social, de forma presencial en las oficinas de registro de este mismo organismo, o en los Registros Generales de comunidades autónomas, ayuntamientos…
En lo que respecta a los plazos, existe un máximo de 30 días hábiles, mientras que la Administración tendrá 45 días para responder (si no lo hace se entiende como denegada por silencio administrativo), y 30 días para interponer una demanda judicial.
Reclamación previa
Cuando una solicitud ha sido denegada, se debe agotar la vía administrativa antes de acudir a la vía judicial. En primer lugar, conviene haber incluido la documentación acreditativa de la situación de vulnerabilidad del solicitante. Si la respuesta no fuese favorable, se podrá presentar una reclamación previa, realizando un escrito dirigido a la Administración.
No existe un modelo concreto a cumplimentar, pero debe contener:
- A quién se dirige (Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de la provincia de residencia)
- Datos personales (DNI, nombre y apellidos, domicilio…)
- Fecha de recepción de la notificación, resolución y número de expediente
- Alegaciones por las que se considera que la resolución es incorrecta, acompañándolas de las correspondientes pruebas y documentos que acrediten los motivos, además de nombrar cada documento aportado en el propio escrito
- Solicitar que las alegaciones se tengan en cuenta
- Fechar y firmar el documento
Vía judicial
Si la reclamación ha sido desestimada por la vía administrativa, se podrá recurrir a la judicial. Para ello, habrá que presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social, contando para ello con un plazo de 30 días hábiles.
Otras alternativas
En último caso, si no es posible reclamar, conviene explorar otras alternativas, como la posibilidad de solicitar otras ayudas que tramitan los servicios sociales a nivel local y autonómico.
Esperamos que esta información te sea de ayuda. Recuerda que es importante agotar la vía administrativa antes de acudir a la vía judicial, y que es fundamental presentar la documentación necesaria para acreditar la situación de vulnerabilidad.
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