La DGT multará con hasta 1.000 euros a quien transporte este objeto en su vehículo y lo puede hacerse llevar por la grúa

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La DGT multará con hasta 1.000 euros a quien transporte este objeto en su vehículo y lo puede hacerse llevar por la grúa

En un esfuerzo por mejorar la seguridad vial, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado una nueva medida que busca disuadir a los conductores de realizar una práctica peligrosa y contravencional. A partir de ahora, aquellos que transporten cierto objeto en su vehículo podrán ser multados con hasta 1.000 euros y, en algunos casos, incluso llevarse su vehículo por la grúa. Esta medida tiene como objetivo reducir el riesgo de accidentes y proteger la vida de los conductores y peatones. A continuación, se revelará qué objeto en particular es el que está bajo la lupa de la DGT y qué condiciones específicas deben cumplirse para evitar esta sanción.

Multas de hasta 1.000 euros por anunciar la venta de coches en la carretera

En España, es común ver señales relacionadas con el mundo del motor, como insignias de tráfico y carteles de venta de coches realizados a mano por los propios usuarios. Sin embargo, esta última técnica, aunque parezca legal, podría estar sancionada con una dura multa.

¿Por qué está prohibido anunciar la venta de coches?

¿Por qué está prohibido anunciar la venta de coches?

La normativa municipal busca mejorar la seguridad de los conductores. Por ello, intenta prohibir todo tipo de anuncio de venta en coches de segunda mano, lo que afecta directamente a aquellos usuarios que intentan deshacerse de su viejo amigo de cuatro ruedas.

Colocar un cartel con el teléfono de contacto propio y con el precio de salida del vehículo podría provocar sanciones de diferente gravedad, dependiendo del contexto y si el coche está parado y/o estacionado, ya que podría provocar la distracción al volante del resto de conductores.

¿Cuáles son las multas?

Es importante destacar que, en este tipo de casos, la Dirección General de Tráfico no es la encargada de multar a los ciudadanos, sino las ordenanzas municipales de cada municipio en cuestión. Estas leyes podrían sancionarte si el cartel de venta se encuentra colocado y visible sobre un vehículo aparcado, llegando incluso hasta los 1.000 euros de multa y la retirada del vehículo.

Otro de los casos más graves es circular con el cartel de venta colocado y a la vista de todos los usuarios. Esto podría reducir la visibilidad del propio conductor y, además, provocar diferentes distracciones al volante del resto de personas que circulan por la vía.

¿Qué dice la Ley?

Está prohibido llevar cualquier objeto en la luna, retrovisores o ventanillas que cause una pérdida de visibilidad y aumente la probabilidad de accidente, reza la propia DGT en su artículo 19. Esta acción está penada con 200 euros de multa.

Por último, la Asociación Nacional de Comerciantes de Vehículos (ANCOVE) ha alertado a la población de que muchos de los vehículos que se encuentran en venta provienen de diferentes empresas comerciales que se dedican a la venta de coches y, a la misma vez, se hacen pasar por particulares. Sin embargo, esta práctica podría incumplir las distintas normativas y, supuestamente, podrían estar realizado una acción encubierta de comercio no autorizado.

Jorge Vidal

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