- La Dirección General de Tráfico (DGT) establece normas de seguridad para los vehículos históricos y prohíbe el transporte de niños en algunos de ellos
- DGT establece normas de seguridad para vehículos históricos y prohíbe transporte de niños en algunos de ellos
- Reglas de seguridad para menores de edad
- Vehículos históricos sin niños
- Asiento del copiloto para niños
- Vehículos históricos en Zonas de Bajas Emisiones (ZBE)
La Dirección General de Tráfico (DGT) establece normas de seguridad para los vehículos históricos y prohíbe el transporte de niños en algunos de ellos
En un esfuerzo por garantizar la seguridad vial y proteger la integridad de los conductores y pasajeros, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha establecido nuevas normas de seguridad para los vehículos históricos. Estas medidas buscan regular el uso de estos vehículos, que, aunque son un patrimonio cultural y una atracción turística, pueden representar un riesgo para la seguridad vial. Entre las nuevas normas, destaca la prohibición del transporte de niños en algunos de estos vehículos, considerados como de alto riesgo. Esta medida busca evitar accidentes y proteger la vida de los menores.
DGT establece normas de seguridad para vehículos históricos y prohíbe transporte de niños en algunos de ellos
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha establecido un nuevo reglamento para la circulación de vehículos históricos, incluyendo normas de seguridad para la protección de los menores de edad.
Reglas de seguridad para menores de edad
Según el Reglamento General de Circulación, los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros deben utilizar sistemas de retención infantil en España. Además, dichos ocupantes deben situarse en los asientos traseros. Sin embargo, existen varias excepciones a esta normativa, como cuando el vehículo no disponga de asientos traseros, cuando estos se encuentren ocupados por menores de edad con una estatura inferior a los 135 centímetros, o en el caso de que no sea posible instalar los sistemas de retención infantil en los asientos.
Vehículos históricos sin niños
El nuevo Reglamento de Vehículos Históricos establece que en vías interurbanas, los vehículos históricos que carezcan de cinturones de seguridad o en los que no sea técnicamente posible instalar sistemas de retención infantil, no podrán ser ocupados por menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros. Además, estos vehículos históricos que por construcción estén exentos de llevar cinturones de seguridad en las plazas delanteras, y no los llevaren instalados, no podrán superar la velocidad máxima de 80 km/h.
Asiento del copiloto para niños
La DGT precisa que solo los niños que miden más de 135 centímetros pueden viajar en el asiento del copiloto, siempre y cuando la banda diagonal del cinturón les pase por la clavícula, se encuentre sobre el hombro y esté bien pegada al pecho. Asimismo, la banda vertical ha de quedar lo más baja posible sobre la cadera. La DGT recomienda a los menores que midan una estatura inferior a los 150 cm que sigan utilizando los sistemas de retención infantil.
Vehículos históricos en Zonas de Bajas Emisiones (ZBE)
El nuevo Reglamento otorga una respuesta ambigua a la cuestión de si los vehículos históricos pueden entrar en las ZBE. Según la normativa, los coches históricos se utilizarán de forma ocasional, definida como una circulación que no exceda los 96 días al año, y especifica que en ningún caso se usarán como medio de transporte cotidiano, debido a su impacto medioambiental. Por tanto, el Reglamento insta a los ayuntamientos a que establezcan fórmulas en sus ordenanzas municipales que permitan la circulación a aquellos propietarios que hacen un uso esporádico o no habitual de sus vehículos históricos.
En definitiva, el Reglamento da a entender que los coches históricos podrán circular por las ZBE al menos en 96 días del año.
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