La Guardia Civil Clarifica el Dilema Estacional: Sí, Puedes Conducir con Chanclas, pero No Sin Riesgos

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La Guardia Civil Clarifica el Dilema Estacional: Sí, Puedes Conducir con Chanclas, pero No Sin Riesgos

Con el inicio del verano, muchos conductores se preguntan si es permitido circular con chanclas al volante. La Guardia Civil ha decidido aclarar este dilema estacional que genera dudas entre los usuarios de la carretera. Aunque la respuesta puede sorprender a algunos, la verdad es que se puede conducir con chanclas, pero es importante tener en cuenta que esto no significa que esté exento de riesgos. En las siguientes líneas, se desvelarán las condiciones y recomendaciones para hacerlo de manera segura.

La Guardia Civil aclara el misterio: sí, puedes conducir con chanclas, pero.

La duda del verano: ¿se pueden utilizar chanclas en la conducción?

Llega el verano y con él una duda que se hacen cada año miles de conductores, sobre todo aquellos que van a pasar una temporada en la costa: ¿se puede conducir con chanclas? Esta pregunta es una de las más formuladas durante las vacaciones, pero la Guardia Civil tiene la respuesta y aclara si esta práctica conlleva una sanción o no.

Un agente de la Benemérita publicó un vídeo en TikTok en el que se cuestiona el dilema de todos los veranos. Sí, se puede, continua, matizando que es posible excepto en un caso: Salvo que el uso de este calzado interfiera en la conducción y pueda provocar un accidente. En ese caso, sí sería sancionable.

Sin embargo, esta explicación no ha conseguido resolver las dudas de muchos usuarios, quienes siguen sin saber si acarrea multa o no. Pues sigo igual de dudosa. ¿Cuándo si interfiere y cuando no interfiere?, pregunta una mujer. Otros señalan indignados que, según las explicaciones del vídeo, el hecho de que sea sancionable o no dependerá de cada agente: Es decir que te pueden denunciar según criterio del agente que te toque.

La responsabilidad del conductor

La responsabilidad del conductor

En este sentido, un agente podría acogerse al artículo 18 del Reglamento General de Circulación, según el cual podría ser motivo de una multa de 80 euros conducir un vehículo sin mantener la libertad de movimientos que garantice la propia seguridad, la del resto de ocupantes y la de los demás usuarios de la vía.

Jorge Gutiérrez

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