La Justicia archiva la causa contra la exjefa de ETA Anboto por el asesinato del político vasco Miguel Ángel Blanco
En un golpe a la justicia y a las víctimas del terrorismo, la Audiencia Nacional ha decidido archivar la causa contra la exjefa de ETA, Anboto, por su supuesta implicación en el asesinato del político vasco Miguel Ángel Blanco, ocurrido en 1997. Esta decisión ha generado indignación y consternación entre los familiares de la víctima y los sectores políticos y sociales que han seguido de cerca este caso. La investigación no ha podido encontrar pruebas suficientes para continuar con el proceso judicial, lo que ha llevado a la paralización de la causa.
La Justicia archiva la causa contra Anboto por el asesinato de Miguel Ángel Blanco: 'Prescripción' es la razón
La Audiencia Nacional ha archivado la causa contra la exjefa de la banda terrorista ETA, Soledad Iparraguirre, 'Anboto', por el secuestro y asesinato del concejal del PP de Ermua (Vizcaya) Miguel Ángel Blanco en julio de 1997.
Los magistrados han estimado el recurso de la defensa de Iparraguirre, al que se adhirió la Fiscalía, en el que se consideraba que desde que se cometió el delito, el 13 de julio de 1997, hasta que se interpuso la querella contra la etarra, el 6 de febrero de 2022, habían transcurrido casi 25 años, cuando el plazo de prescripción era de 20 años.
Por su parte, las acusaciones populares (ejercidas por el PP, la asociación Dignidad y Justicia, la Asociación Víctimas del Terrorismo y la Fundación Villacisneros) sostenían que los hechos no estaban prescritos en el momento en que se aprobó la Ley Orgánica 5/2010 de 22 de junio, en la que se declara la imprescriptibilidad de los delitos de terrorismo con resultado de muerte.
Pero la Audiencia Nacional considera que no se puede aplicar retroactivamente esta ley, por lo que la causa está prescrita. Esta es la primera resolución de un recurso de apelación sobre el procesamiento de la cúpula de ETA por este acción terrorista.
La causa contra Anboto estaba prescrita
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional indica que el recurso de Anboto debe ser estimado ya que de lo contrario se vulnerarían los principios de legalidad, seguridad jurídica e irretroactividad de normas sancionadoras no favorables.
Los magistrados recuerdan que, tal y como indicó la Fiscalía en la vista de este recurso, en la resolución de esta cuestión hemos de acogernos a lo establecido en la ley penal y la jurisprudencia que la interpreta para evitar las funestas consecuencias que originó la llamada doctrina Parot que luego fue revocada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Por lo tanto, la causa contra Anboto por el asesinato de Miguel Ángel Blanco ha sido archivada.
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