- La Tesorería General de la Nación establece una regla que te obliga a presentar la declaración de la Renta, incluso si no alcanzas el umbral de ingresos mínimos
- Obligación de declarar la renta para parados, sin importar ingresos mínimos
- Límites para presentar la declaración de la renta hasta la fecha
- Cambio en la legislación
La Tesorería General de la Nación establece una regla que te obliga a presentar la declaración de la Renta, incluso si no alcanzas el umbral de ingresos mínimos
En un anuncio que ha generado gran interés y preocupación en el ámbito tributario, la Tesorería General de la Nación ha establecido una nueva regla que obliga a presentar la declaración de la Renta, incluso si los ciudadanos no alcanzan el umbral de ingresos mínimos exigidos por la ley. Esta medida, que entra en vigor a partir de ahora, busca incrementar la transparencia y la responsabilidad fiscal de los contribuyentes, y establecer un nuevo estándar para la presentación de declaraciones tributarias en el país. En las próximas líneas, exploraremos los detalles y las implicaciones de esta nueva regla para los contribuyentes.
Obligación de declarar la renta para parados, sin importar ingresos mínimos
Desde el próximo 1 de noviembre, los parados tendrán la obligación de presentar la declaración de la renta, incluso si no alcanzan los ingresos mínimos establecidos. Esta medida afectará a la declaración que se presenta en la campaña de IRPF 2025.
Según la actualización del artículo 299 de la LGSS (modificado en el Real Decreto-ley 2/2024), todos los beneficiarios de prestaciones por desempleo deberán presentar la declaración de la renta anualmente. Esta normativa afecta tanto a los que están recibiendo las ayudas como a los que las hayan recibido durante este 2024.
La nueva regla establece que los trabajadores, solicitantes y beneficiarios de prestaciones por desempleo estarán obligados a presentar anualmente la declaración correspondiente.
Límites para presentar la declaración de la renta hasta la fecha
Hasta la fecha, los límites para presentar la declaración eran de 22.000 euros con un solo pagador o de 15.876 euros (antes 15.000) para los contribuyentes con más de un pagador, siempre y cuando la suma de lo percibido por el segundo pagador y el resto de pagadores no superen los 1.500 euros anuales.
Cambio en la legislación
Esta nueva modificación se añade a la ya presentada el año pasado, en la que más de 200.000 autónomos estuvieron obligados a presentar su renta aunque no cumplían los ingresos mínimos, tras una actualización del Real Decreto-ley 13/2022 que establecía el nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia.
Es importante destacar que, en caso de no presentar la declaración de la renta, los parados se enfrentarán a sanciones económicas.
Esperamos que esta información sea de utilidad para todos los beneficiarios de prestaciones por desempleo. Recuerda que, desde el próximo 1 de noviembre, la declaración de la renta es obligatoria, sin importar los ingresos mínimos.
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