Las eléctricas denuncian 33 millones de pérdidas por enganches ilegales a pesar del estímulo para frenar la corrupción

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Las eléctricas denuncian 33 millones de pérdidas por enganches ilegales a pesar del estímulo para frenar la corrupción

En un escándalo que sacude al sector energético, las empresas eléctricas han denunciado pérdidas millonarias debido a los enganches ilegales en la red eléctrica. A pesar de los esfuerzos del gobierno para frenar la corrupción, las pérdidas ascienden a 33 millones, una cifra alarmante que genera inquietud entre los consumidores y las autoridades. Esta situación pone en entredicho la efectividad de las medidas implementadas para prevenir este tipo de prácticas ilícitas y obliga a replantear las estrategias para combatir la corrupción en el sector. ¿Cuáles son las causas detrás de este problema y qué medidas se deben tomar para evitar que esta situación continúe?

Fraude eléctrico: distribuidoras denuncian pérdidas de millones por enganches ilegales

El fraude eléctrico sigue siendo una lacra en el suministro de energía eléctrica en España. Según la última resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), las distribuidoras de energía eléctrica han denunciado pérdidas de casi 33 millones de euros en 2020 debido a enganches ilegales en la red.

En concreto, 67 distribuidoras registraron una facturación por fraude declarada en las liquidaciones de casi 10,9 millones de euros, mientras que los ingresos por fraude no liquidado se dispararon hasta 21,7 millones de euros. Las distribuidoras más grandes, como i-DE, Redes Eléctricas Inteligentes (Iberdrola) y E-Distribución Redes Digitales (Endesa), han sido las más afectadas, con pérdidas que alcanzan millones de euros.

Incentivo para frenar los enganches ilegales

Incentivo para frenar los enganches ilegales

Por otro lado, el incentivo que recibieron las distribuidoras en 2020 para frenar los enganches ilegales se situó en 6,5 millones de euros. Sin embargo, la Circular 6/2019 de la CNMC eliminó dicho aliciente, al entender que la finalidad del mismo se recoge en la nueva formulación del incentivo a la reducción de pérdidas.

Choque de argumentos sobre la declaración de ingresos

El sector y el regulador están en desacuerdo sobre cómo deben declarar las compañías los ingresos por fraude. Las distribuidoras se quejan de que la CNMC les obligue a incluir en sus liquidaciones anuales la facturación de la energía que consumen los usuarios que se conectan a la red de manera ilícita sin contrato.

Las fuentes consultadas argumentan que no está justificado en la regulación considerar como ingreso liquidable la electricidad que facturan las distribuidoras como consecuencia de los fraudes sin contrato. El sector asegura que la CNMC es consciente del vacío regulatorio existente para el tratamiento de los fraudes sin contrato.

Dos tipos de fraude

Existen dos tipos de fraude: con y sin contrato. En el primer caso, el defraudador tiene un acuerdo de suministro y la empresa distribuidora emite factura de tarifa de acceso a la comercializadora con los peajes y cargos aplicables. En el segundo caso, no existe cliente, ni relación contractual, y no hay un comercializador al que facturar los correspondientes peajes y cargos.

En el caso de los enganches directos, la distribuidora sufre una penalización por el incentivo de pérdidas por la energía defraudada, que se valora al precio del mercado horario peninsular para el ejercicio correspondiente.

Suspensión del suministro

Cuando una distribuidora detecta un enganche directo, la reglamentación le habilita para proceder a la suspensión del suministro. Adicionalmente, y con el fin de compensar el perjuicio económico sufrido, las distribuidoras suelen facturar un precio similar al que abonaría un cliente con contrato.

Las compañías consultadas entienden que la facturación realizada por el uso fraudulento de energía eléctrica en el supuesto de enganche directo tiene naturaleza de compensación económica, y no debe ser considerada como ingreso liquidable.

En opinión de las fuentes consultadas, la liquidación de la facturación realizada por la empresa distribuidora asociada a los enganches directos no tiene encaje en la normativa actual, y supone que la empresa se verá doblemente penalizada.

Para las distribuidoras, la alternativa más equitativa y razonable sería la de liquidar la parte equivalente a la tarifa de acceso, o no liquidar nada directamente. Sin embargo, la CNMC ve de manera distinta y asegura que las distintas características del fraude detectado, ya sea con contrato o sin contrato, no justifica desde el punto de la inspección la ausencia de la declaración y liquidación en el sistema del fraude por enganche directo.

Jorge Gutiérrez

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