Nueva condena por alzamiento de bienes para el exconcejal de Ponferrada que dejó tetrapléjica a su mujer

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Exconcejal de Ponferrada condenado a un año y tres meses de cárcel por eludir responsabilidades civiles

El Juzgado de lo Penal de Ponferrada ha impuesto una pena de un año, tres meses y un día de cárcel al exconcejal de dicha localidad y exalcalde de Toreno, Pedro Muñoz, y sus dos hijos por concertarse para que el primero donara a sus vástagos todo su patrimonio con el fin último de eludir las responsabilidades civiles derivadas de la causa penal abierta contra él por las graves lesiones a su mujer, a la que dejó en silla de ruedas.

La sentencia, que condena a padre e hijos por delito de insolvencia punible por alzamiento de bienes, el primero en calidad de autor y los otros dos como cooperadores necesarios, declara también la nulidad de la escritura de donación otorgada el 16 de junio de 2020 con todos los efectos legales inherentes a dicho pronunciamiento, retornando al patrimonio del exconcejal la totalidad de los bienes donados en dicha escritura.

Las costas procesales causadas, incluidas las de la acusación particular, se imponen a los condenados, que las abonarán por iguales partes, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recogida por Europa Press.

Antecedentes

Antecedentes

El exedil de Ponferrada permanece ingresado en prisión desde el pasado mes de febrero para cumplir una pena de 16 años y 11 meses de prisión y abonar una indemnización de 1,52 millones de euros por la agresión que dejó en silla de ruedas a su mujer, la abogada Raquel Muñoz.

Aquella sentencia que le mantiene en prisión consideró probado que el 27 de mayo de 2020, tras una discusión, el acusado con la intención de acabar con la vida de la denunciante y, en todo caso, conociendo y asumiendo las altas posibilidades que existían de poner fin a su vida si la arrojaba, la lanzó al vacío por el balcón o barandilla que soportaba el remate de la terraza, cayendo y golpeándose contra un pozo que había en la zona y el suelo, especialmente en la cabeza y en la espalda, quedando inmóvil y tirada en el suelo boca abajo.

Inmediatamente después, bajó desde la terraza al piso inferior de la vivienda y dirigiéndose al lugar donde se encontraba tirada en el suelo le dijo 'zorra, hija de puta, ¿te has muerto ya?', acercándose a ella y volviéndola a agredir con patadas, golpes y un palo en varias partes del cuerpo, en especial en las manos y en las piernas, indica la resolución.

La Sala, que apoyó su decisión en abundante jurisprudencia del Tribunal Supremo, consideró que los hechos no podían ser castigados como un asesinato intentado porque no fue un ataque sorpresivo y descartó también el homicidio en grado de tentativa porque concurría el desistimiento o arrepentimiento activo ya que, pese a que la intención inicial del acusado fue acabar con la vida de su esposa, fueron sus acciones posteriores las que evitaron el fallecimiento de la mujer.

José Manuel Pérez

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