Nueva reglamentación para líquidos en equipaje de mano: ¿qué cambia y qué implicaciones tiene para los aeropuertos españoles?

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Nueva reglamentación para líquidos en equipaje de mano: ¿qué cambia y qué implicaciones tiene para los aeropuertos españoles?

La Unión Europea ha anunciado una nueva reglamentación para los líquidos en el equipaje de mano en vuelos comerciales, lo que supone un cambio significativo en las medidas de seguridad aeroportuarias. A partir de ahora, los pasajeros podrán llevar recipiente de líquidos de hasta 100 mililitros en su equipaje de mano, siempre y cuando se encuentren empaquetados en bolsas transparentes y resealables. Esta nueva normativa tiene como objetivo mejorar la eficiencia y la seguridad en los controles de seguridad de los aeropuertos, pero ¿qué implicaciones tendrá para los aeropuertos españoles y cómo se adaptarán a este cambio?

Nueva normativa para líquidos en el equipaje de mano: ¿qué cambia y qué implicaciones tiene para los aeropuertos españoles?

La Comisión Europea ha aprobado una nueva restricción que afecta a las maletas de mano, concretamente a la cantidad de líquido que se puede llevar. A la hora de organizar nuestro equipaje para un viaje es imprescindible conocer en detalle la normativa vigente y estar atento a posibles cambios.

¿Qué cambia con la nueva restricción?

¿Qué cambia con la nueva restricción?

En el último año, varios aeropuertos de la Unión Europea han instalado en sus controles de seguridad nuevos escáneres para el equipaje de mano que utilizan la tecnología Explosive Detection Systems for Cabin Baggage (EDSCB), los cuales permitían a los pasajeros llevar recipientes con más de 100 ml de líquidos. Sin embargo, ahora la Comisión Europea aplicará nuevas restricciones a esa cantidad, de modo que el tamaño máximo permitido para los contenedores de líquidos individuales volverá a ser el estándar de 100 ml para los aeropuertos que utilicen este tipo de equipos, tal y como señala la institución en un comunicado.

¿Cuándo entrará en vigor?

La Comisión Europea explica que esta normativa entrará en vigor a partir del 1 de septiembre de 2024. Eso sí, también detalla que se trata de restricciones temporales: Esta medida cautelar no responde a ninguna nueva amenaza, sino que aborda una cuestión técnica temporal, adoptada en consonancia con los socios internacionales de la UE.

¿A qué aeropuertos afecta?

Los aeropuertos que ya limitan los líquidos a 100 ml o que no han desplegado equipos EDSCB no se verán afectados por este cambio, señala la institución europea. Ese primer supuesto es el que corresponde a los aeropuertos españoles. A pesar de que en los aeropuertos Adolfo Suárez Madrid-Barajas y Josep Tarradellas Barcelona-El Prat sí se invirtió en la tecnología EDSCB, en España nunca se ha superado la cantidad de 100 ml, por lo que en este momento no se ve afectada por los cambios, confirma Aena a 20minutos.

Laura Ramírez

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