¿Puede la comunidad de vecinos contratar a una residente del edificio para mantener limpias las zonas comunes?

En el marco de la gestión de las comunidades de vecinos, una de las cuestiones más frecuentes es la mantenimiento de las zonas comunes. En este sentido, surge la pregunta: ¿puede la comunidad de vecinos contratar a una residente del edificio para mantener limpias las zonas comunes? Esta opción puede parecer atractiva, ya que podría reducir costos y, al mismo tiempo, brindar una oportunidad laboral a alguien que ya conoce la zona. Sin embargo, es importante analizar las implicaciones legales y prácticas que conlleva esta decisión. En este artículo, exploraremos las ventajas y desventajas de contratar a un residente para este fin y qué factores deben considerarse al tomar esta decisión.

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Vecinos en debate: ¿Pueden contratar a una residente para mantener limpias las zonas comunes?

En una comunidad de propietarios al norte de Madrid, se ha generado un debate entre los vecinos sobre la limpieza de las zonas comunes. La pregunta es: ¿Es posible contratar a una vecina para mantener limpias las zonas comunes?

La duda surge después de que una vecina se ofreció a la junta para hacer la limpieza de las zonas comunes con un presupuesto muy inferior al que actualmente se paga a una empresa que se encarga de la limpieza diaria.

¿Hay algún impedimento para contratar a la vecina?

¿Hay algún impedimento para contratar a la vecina?

Según nuestra experta, Patricia Briones, letrada del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid, no hay problema para contratar a la vecina siempre y cuando se cumpla la normativa vigente en materia de contratación laboral. La comunidad puede contratarla como trabajadora autónoma o a través de una empresa adscrita al convenio de limpieza de edificios y locales.

Es importante destacar que, en el caso de que la comunidad se encuentre en Madrid, con el vigente convenio, la comunidad no puede contratarla como personal propio, ya que ha desaparecido la categoría de limpiador.

Otra opción: contratar a un portero

Otra opción que se ha planteado en la comunidad es la de contratar a un portero para vigilar la urbanización. La pregunta es: ¿Cuáles son las funciones de un portero y cuál es su sueldo según el convenio?

Según Patricia Briones, la comunidad puede decidir mediante un acuerdo adoptado por mayoría simple la duración del servicio y el número de horas que debe ser prestado. En cuanto a las funciones del portero, se establecen en el Convenio Colectivo del Sector de Personas empleadas de Fincas Urbanas de la Comunidad de Madrid vigente desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.

Entre sus funciones se encuentran la vigilancia de las dependencias comunes así como de las personas que entran en el inmueble. Sin embargo, no se trata de un vigilante de seguridad propiamente dicho, por lo que no podrá realizar aquellas funciones reservadas a esta actividad.

Recuerda que, si tienes problemas en tu comunidad de propietarios, puedes resolverlas en nuestro consultorio. Envía tus preguntas al correo [email protected].

Jorge Vidal

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