¿Pueden cobrar a los propietarios de un piso por usar la piscina comunitaria con invitados? ¿Qué establece la normativa?

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¿Pueden cobrar a los propietarios de un piso por usar la piscina comunitaria con invitados? ¿Qué establece la normativa?

La posesión de una vivienda en un edificio con piscina comunitaria puede ser un lujo para muchos, pero ¿qué pasa cuando se quieren disfrutar de este servicio con amigos o familiares? La pregunta del título surge en muchos propietarios que desconocen si pueden ser cobrados por permitir que sus invitados disfruten de la piscina comunitaria. En este sentido, es fundamental conocer la normativa que regula el uso de las zonas comunes en los edificios, especialmente en lo que se refiere a la utilización de la piscina con personas ajenas al edificio. En este artículo, analizaremos las posibles respuestas a esta cuestión y qué establece la legislación al respecto.

¿Pueden cobrar a propietarios por usar piscina comunitaria con invitados?

El calor asfixiante y la imposibilidad de salir de la ciudad durante las vacaciones se convierten en un problema para muchas familias durante el verano. Por eso, las casas con piscina se llenan de amiguitos e invitados que buscan un lugar para refugiarse de las altas temperaturas y pasar el día a la fresca. Pero, ¿podrían cobrar al dueño de la vivienda por traer acompañantes?

¿Qué dice la ley? El uso de las piscinas comunitarias se regula en el Real Decreto 742/2013, que establece los criterios sanitarios básicos y mínimos. No obstante, cada comunidad autónoma puede añadir sus propias normativas, lo que implica que las reglas pueden variar significativamente de una región a otra. Entre las medidas más comunes se incluyen el control de aforo, la implementación de sistemas de acceso que eviten aglomeraciones o la obligatoriedad o no de tener socorrista.

¿Quién tiene derecho a usar una piscina comunitaria en un piso de alquiler?

¿Quién tiene derecho a usar una piscina comunitaria en un piso de alquiler?

Además, las comunidades de vecinos suelen establecer normas específicas en sus estatutos acerca del número de invitados que cada uno puede llevar y asegurar así que todos los propietarios puedan disfrutar de la piscina sin inconvenientes.

¿Se puede cobrar un euro por cada invitado?

Ha sido la pregunta del verano en materia de piscinas. La iniciativa nació en una urbanización, en la que uno de los propietarios tuvo la idea de controlar el aforo y recaudar fondos para mantener y mejorar las instalaciones comunes, y que, sin embargo, ha generado un amplio debate en redes sociales.

¿Qué dice la ley de propiedad intelectual? Efectivamente, las comunidades de vecinos tienen la facultad de aprobar medidas como el pago por invitaciones o carnets especiales para visitantes, siempre y cuando estas normas se acuerden de manera democrática y transparente y se recojan en junta.

Jorge Gutiérrez

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