¿Pueden los adultos mayores abrir una cuenta bancaria a nombre de sus hijos o nietos?

Index

¿Pueden los adultos mayores abrir una cuenta bancaria a nombre de sus hijos o nietos?

La planificación financiera es fundamental para asegurar el futuro de nuestros seres queridos, y en este sentido, los adultos mayores se preguntan si pueden abrir una cuenta bancaria a nombre de sus hijos o nietos. Esta opción puede ser beneficiosa para garantizar la estabilidad económica de la familia y ahorrar para el futuro. Sin embargo, es importante conocer las regulaciones y restricciones que rigen este tipo de operaciones. En este artículo, exploraremos las posibilidades y limitaciones de abrir una cuenta bancaria a nombre de un menor, ya sea hijo o nieto, y qué implicaciones legales y financieras conlleva.

Abuelos, ¿pueden abrir una cuenta bancaria a nombre de sus nietos?

Es habitual que en las familias españolas se tomen decisiones pensando en el bienestar de los más pequeños de la casa, ya sea en lo relativo a su alimentación como en material escolar, ropa, y su situación económica, pensando en futuros estudios o inversiones como la compra de un inmueble o un traslado al extranjero.

En este sentido, hay abuelos que muestran interés en abrir una cuenta bancaria a sus nietos, de forma que pueden ayudar económicamente a los menores años antes de que estos lleguen a alcanzar la mayoría de edad. Sin embargo, es común que surja la duda de si es posible que esta figura abra una de ellas.

Condiciones para abrir una cuenta bancaria a nombre de un menor

Condiciones para abrir una cuenta bancaria a nombre de un menor

Independientemente de la relación que éste mantenga con el niño y su grado de cercanía o trato, las únicas personas que pueden abrir una cuenta bancaria a nombre de un niño menor de edad son sus padres o representantes legales. De esta forma, es la patria potestad la que designa la persona capaz de hacerse cargo del menor y de actuar en su nombre hasta que cumpla la mayoría de edad.

Así, para que se pueda abrir la cuenta, los padres del niño o niña deben firmar la apertura de la cuenta cuando los abuelos acudan al banco, a la gestión del trámite y a realizar el correspondiente ingreso económico.

Trámites para abrir una cuenta bancaria a nombre de un menor

Los trámites a seguir son idénticos a los realizados para un adulto a la hora de abrir una cuenta bancaria, siendo suficiente con acudir a la oficina de la entidad bancaria elegida en compañía del menor y de los abuelos, en este caso, si así lo desean, si bien cada vez hay más bancos que ofrecen la posibilidad de realizar el trámite a través de internet.

Además, podemos encontrarnos con cuentas específicas para menores.

Documentación necesaria

Para abrir una cuenta bancaria a un menor de edad, sus padres o tutores legales necesitan del DNI de ambos progenitores y del propio menor, así como el libro de familia o certificado de nacimiento.

Una vez que se encuentren allí o hayan aportado esta información, podrán seleccionar el tipo de cuenta bancaria que se desea abrir para el niño.

Tipo de cuentas bancarias para menores

Esta puede ser una cuenta corriente con tarjeta de débito, que podrá ser usada por el menor una vez cumpla una edad determinada, o una cuenta de inversión, que puede estar vinculada a un fondo indexado o un producto de renta fija o variable.

Consideraciones importantes

En este sentido, conviene tener en cuenta que cuando padres y abuelos abren una cuenta bancaria a nombre de un menor, el menor aparecerá como titular, pero sus padres lo harán como representantes legales, sin poder tener la consideración de “autorizados” ni de “titulares”.

En todo caso, los padres o tutores legales que abren cuentas bancarias a nombre de sus hijos, pueden efectuar ingresos, reintegros y otros actos dispositivos sobre ellos, además de poder solicitar una tarjeta de débito a nombre de sus hijos, pudiendo ser realizados estos actos por ambos progenitores o por uno solo, con el consentimiento expreso o tácito del otro, excepto si se trata de actos relacionados con los derechos de la personalidad que el propio menor puede hacer por él mismo en el caso de que haya conflictos de intereses, o bien cuando determinados bienes estén excluidos de la administración paterna según lo establecido por parte de la legislación vigente.

No obstante, en parte todas las acciones a realizar dependen de la normativa interna de la entidad bancaria y de su política para la prestación de sus servicios enfocados a menores de edad.

Marina Ramírez

Soy Marina, una autora apasionada por la actualidad nacional española. En Diario Online, un periódico independiente, comparto mis análisis y opiniones sobre los eventos más relevantes de nuestro país. Con mi pluma perspicaz y mi compromiso con la verdad, busco ofrecer a los lectores una visión objetiva y completa de la realidad que nos rodea. ¡Acompáñame en este apasionante viaje a través de las noticias más importantes de España!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir