¿Qué reglas hay para decorar en la comunidad? Vecina crea maceteros en la urbanización y desata debate en el consultorio de vivienda

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¿Qué reglas hay para decorar en la comunidad? Vecina crea maceteros en la urbanización y desata debate en el consultorio de vivienda

La decoración en las comunidades de viviendas es un tema que puede generar debates y controversias entre los vecinos. En este sentido, una vecina de una urbanización ha creado un polémico tema de conversación en el consultorio de vivienda al instalar maceteros en el espacio común de la comunidad. La cuestión que se plantea es: ¿cuáles son las reglas que rigen la decoración en las comunidades? ¿Pueden los vecinos hacer lo que deseen en los espacios comunes o existen límites y restricciones que deben respetar? En este artículo, analizaremos este caso y exploraremos las normas y regulaciones que deben tenerse en cuenta al momento de decorar en una comunidad de viviendas.

La decoración en comunidades, ¿qué límites hay?

La decoración en comunidades de propietarios puede ser un tema controversial, especialmente cuando se trata de la colocación de elementos decorativos en espacios comunes. Recientemente, una vecina decidió colocar maceteros y posters en el patio y portales de su urbanización, lo que desató un debate entre los vecinos sobre los límites de la decoración en comunidades.

En nuestro consultorio de vivienda, hemos recibido varias preguntas sobre este tema, y nuestra experta, Patricia Briones, letrada del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid, nos brinda algunas respuestas claras.

La renovación de cargos en la comunidad

La renovación de cargos en la comunidad

Antes de abordar el tema de la decoración, Aurora nos hace una pregunta sobre la renovación de cargos en la comunidad. ¿Puede el presidente de la comunidad ser vitalicio?, se pregunta. La respuesta de nuestra experta es clara: La duración de los cargos será de un año salvo que los estatutos de la comunidad dispongan lo contrario. La renovación de los cargos ni es automática ni vitalicia, requiere que cada año en la junta se apruebe nuevamente el nombramiento del presidente que podrá ser este mismo propietario u otro en función de los que cuerde la junta de propietarios adoptando un acuerdo por mayoría simple de los propietarios asistentes a la junta.

Regulación de pisos turísticos

Otro tema que preocupa a los vecinos es la regulación de los pisos turísticos en las comunidades de propietarios. Antonio nos pregunta sobre los mecanismos legales que se han establecido para evitar estos pisos en las comunidades. Nuestra experta nos explica que según el artículo 17.12 de la LPH, las comunidades pueden acordar límites o condiciones a esta actividad si se cuenta con el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. No se requiere unanimidad. Sin embargo, no se especifican qué límites o condiciones pueden acordarse.

La decoración en la comunidad

Pero volvamos al tema de la decoración en la comunidad. Alberto G. H. nos pregunta sobre la colocación de maceteros y posters en el patio y portales de la comunidad. ¿Hay que aprobarlo en junta?, se pregunta. Nuestra experta nos responde que si la decoración no implica ejecutar obras de ornato ni afecta sustancialmente a la estética originaria de los elementos o espacios comunes, puede aprobarse por mayoría simple el día de la junta. Esto se traduce en que un propietario, por mucho gusto que tenga, no puede ir colocando elementos decorativos de motu propio y al libre albedrío.

Marina Ramírez

Soy Marina, una autora apasionada por la actualidad nacional española. En Diario Online, un periódico independiente, comparto mis análisis y opiniones sobre los eventos más relevantes de nuestro país. Con mi pluma perspicaz y mi compromiso con la verdad, busco ofrecer a los lectores una visión objetiva y completa de la realidad que nos rodea. ¡Acompáñame en este apasionante viaje a través de las noticias más importantes de España!

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