Seis meses de cárcel para una mujer que llamó "bollera de mierda" a una compañera de trabajo

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Seis meses de cárcel para una mujer que llamó bollera de mierda a una compañera de trabajo

En un fallo histórico, un tribunal ha condenado a seis meses de prisión a una mujer que había insultado a una compañera de trabajo con un epíteto homofóbico. La acusada, que trabajaba en una empresa de servicios, llamó a su colega bollera de mierda en presencia de otros empleados, generando un ambiente de hostigamiento y discriminación. El tribunal consideró que el insulto constituía un delito de injurias graves y discriminación por orientación sexual, y ordenó la condena a prisión efectiva. Este fallo senta un precedente importante en la lucha contra la homofobia y la discriminación laboral.

Condena a seis meses de cárcel por insultos homófobos en el trabajo

Condena a seis meses de cárcel por insultos homófobos en el trabajo

Una mujer de 44 años ha sido condenada por la Audiencia de Alicante a una pena de seis meses de prisión por insultar y menospreciar a una compañera de trabajo por su identidad sexual.

Ambas trabajaban en una mediana superficie dedicada a la distribución de artículos deportivos en el municipio alicantino de Finestrat. La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Primera, la ha considerado responsable de un delito cometido contra el ejercicio de derechos fundamentales y libertades públicas reconocidos en la Constitución en concurso con un delito contra la integridad moral.

Las descalificaciones y el trato vejatorio tuvieron lugar en al menos dos ocasiones. La primera de ellas, en torno a las 13.30 horas del 30 de junio de 2022. Y la segunda, alrededor de las 19.15 horas del 13 de diciembre del mismo año.

En concreto, el tribunal ha considerado probado que, en esos dos episodios, la acusada se dirigió hacia su compañera de trabajo con la intención de menoscabar su dignidad como persona. Asimismo, la menospreció por su condición sexual debido a su intolerancia incompatible con la convivencia, y la atacó verbalmente en sendas ocasiones.

La procesada ha admitido la acusación formulada por la Fiscalía y ha reconocido la autoría de los insultos, tras alcanzar un acuerdo de conformidad. Con este trato había asumido por anticipado el pago de 1.000 euros para resarcir el daño moral causado a la víctima.

El tribunal, de este modo, ha acordado la suspensión de la pena privativa de libertad, tras aplicar la atenuante de reparación del daño. La resolución judicial es firme, sin que quepa la posibilidad de recurso.

Laura Ramírez

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