Títulos confusos: ¿Qué es la discapacidad y qué es la incapacidad? El abogado Pedro López aclaró la diferencia en el programa 'Tododiscapacidad'

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Títulos confusos: ¿Qué es la discapacidad y qué es la incapacidad? El abogado Pedro López aclaró la diferencia en el programa 'Tododiscapacidad'

En el marco del programa 'Tododiscapacidad', el reconocido abogado Pedro López se refirió a una de las cuestiones más comunes y confusas en el ámbito de la discapacidad: la diferencia entre discapacidad e incapacidad. Dos términos que, aunque parecen similares, tienen significados y implicaciones muy diferentes. En este sentido, el especialista en derecho de las personas con discapacidad brindó una clara explicación sobre los conceptos y sus respectivas consecuencias en la vida de las personas con discapacidad. A continuación, presentamos los detalles de esta importante aclaración.

Abogado Pedro López aclaró la diferencia entre discapacidad e incapacidad: ¿Qué es lo que realmente significa?

Abogado Pedro López aclaró la diferencia entre discapacidad e incapacidad: ¿Qué es lo que realmente significa?

Incapacidad y discapacidad son dos términos que muchas personas que no están familiarizadas con el mundo de la discapacidad o acaban de iniciarse en él a menudo confunden. Es una de las dudas más frecuentes a las que se enfrenta el abogado Pedro López de Cerro, por eso ha querido aclarar la diferencia en uno de sus vídeos en su perfil de 'Tododiscapacidad' en Instagram, abierto a las consultas de las personas con discapacidad.

Tener discapacidad no implica tener una incapacidad, pues son reconocimientos distintos. La incapacidad es el reconocimiento de que no puede desarrollar un trabajo en concreto o ninguno y conlleva una pensión para compensarlo, mientras que la discapacidad es el reconocimiento de que tienes unas limitaciones funcionales y se expresa en un porcentaje.

Según el abogado Pedro López, tener un 33% reconocido proporciona una serie de derechos, pero no te ‘incapacita’ para desarrollar un trabajo. Por eso, tener discapacidad no conlleva una pensión, porque no impide trabajar. Al contrario, como explica López, la persona que tiene una incapacidad reconocida sí va a tener una discapacidad de al menos el 33%. Administrativamente se le va a reconocer, porque da derecho a una pensión, ya que, esta incapacidad le va a limitar a trabajar en, como mínimo, una profesión.

Al contrario, no es así. Es decir, que una persona que tenga reconocida una discapacidad no tiene reconocida la incapacidad, pues la discapacidad no es ninguna limitación, sino que se puede entender, en todo caso, como una dificultad, pero no una limitación. De hecho, te va a permitir trabajar en cualquier puesto, aunque en algunos casos vayas a necesitar una adaptación, un requerimiento, pero no va a haber ningún tipo de limitación a los efectos de trabajar.

Por eso la discapacidad con un 33% -o al menos hasta un 65%-, no da derecho a ningún tipo de pensión. Además, que hay muchas empresas que si contratan a estas personas tienen una serie de bonificaciones en las cuotas de Seguridad Social que se pagan por los trabajadores. La discapacidad es, por tanto, un reconocimiento puramente administrativo, pero que no tiene aparejada una incapacidad ni tiene por qué conllevar el reconocimiento de una incapacidad, aclara.

Para resolver dudas como esta, relacionadas con el mundo de la discapacidad y el derecho, es posible mandar preguntas a través 'Tododiscapacidad', el perfil que Pedro López de Cerro ha creado en Instagram.

Jorge Vidal

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