Títulos y Formalidades: ¿Qué Debes Saber Para Heredar una Vivienda? Otra opción: Requisitos y Procedimientos para Aceptar la Herencia de una Propied

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Títulos y Formalidades: ¿Qué Debes Saber Para Heredar una Vivienda?

La herencia de una vivienda puede ser un proceso complejo y confuso, especialmente si no se conocen los requisitos y procedimientos necesarios para aceptar la herencia de una propiedad. Sin embargo, es fundamental tener conocimientos sobre los títulos y formalidades que se requieren para evitar problemas y demoras en la transmisión de la propiedad. En este artículo, se presentará una guía práctica y detallada sobre los plazos, documentos y pasos a seguir para heredar una vivienda, con el fin de que los herederos puedan tomar las decisiones informadas y evitar los errores comunes en este proceso.

Requisitos y Formalidades para Aceptar una Herencia de Vivienda en España

Cuando una persona recibe una vivienda en herencia en España, puede encontrarse con dudas con respecto a los plazos, pasos y documentos necesarios para poder hacerse legalmente con su propiedad y que pase así a ser parte de su patrimonio.

Plazos para Aceptar una Herencia

Plazos para Aceptar una Herencia

Es necesario conocer todo lo relativo a los plazos, que son de dos tipos:

Plazos fiscales: a partir de la fecha del fallecimiento, establecen un plazo máximo de 6 meses para abonar el impuesto de sucesiones y el impuesto sobre el valor de los terrenos de naturaleza urbana. Si no se cumple, no se perdería el derecho a la herencia, pero si llegase a superar el año de demora, habría que abonar un recargo e incluso intereses de demora. Si no se puede hacer el desembolso íntegro, es posible solicitar un aplazamiento dentro de los primeros 5 meses, debiendo abonar en ese momento solo los intereses.

Plazos civiles: permiten aceptar o repartir la herencia en cualquier momento, sin que exista un plazo prefijado. En cualquier caso, en relación con lo anterior, convendría realizarlo en un plazo de 6 meses.

Documentos Necesarios para la Aceptación de una Herencia

Los documentos necesarios para la aceptación de una herencia son principalmente tres:

Certificado de defunción: que se puede obtener gratuitamente en el Registro Civil de la localidad de la persona fallecida;

Certificado de Últimas Voluntades: documento a través del cual se sabe si esa persona ha dejado testamento y, en caso afirmativo, en qué notaría;

Copia autorizada del testamento: debiendo solicitar una copia en el mismo notario que aparece reflejado en el certificado de las últimas voluntades, debiendo aportar ambos certificados anteriores para su obtención.

Aceptación de la Herencia

Dentro de los plazos indicados y con la documentación oportuna, será posible aceptar la herencia, cuyo modo de actuar dependerá en función de si existe o no testamento, además de que haya uno o varios legatarios.

Con testamento: es necesario realizar un inventario de bienes y deudas en el que se incluya toda la información relativa tanto a los inmuebles como a los seguros, importes en cuentas bancarias, vehículos a nombre del fallecido, deudas, etcétera. En este caso, habrá que firmar el cuaderno particional, donde se incluyen los datos de los herederos, el inventario y el reparto de los bienes de acuerdo a lo estipulado en el testamento, cuando haya más de un heredero. Si solo hay un legatario, será suficiente con firmar la aceptación de la herencia ante notario.

Sin testamento: será el notario quien tenga que determinar quiénes son los herederos, para lo cual habrá que demostrar el parentesco con el finado, aportando el libro de familia, el certificado de nacimiento y/o el de matrimonio. Para firmar el acta de declaración de herederos deberá haber dos testigos conocidos por el fallecido y que no sean beneficiarios de la herencia. El notario elaborará el inventario de bienes y el cuaderno particional, donde se establecerá el reparto y cada heredero podrá aceptar o no la herencia.

Otros Aspectos a Tener en Cuenta

Asimismo, en cualquiera de los casos, conviene recalcar que, en España, aceptar una herencia supone tener que pagar el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal. Además, una vez aceptada la herencia de una vivienda, esta se debe escriturar, si bien, aunque no es un paso obligatorio, es lo más recomendable por si en el futuro se desea vender la vivienda, lo que hará que tenga que estar registrada en el Registro de la Propiedad.

Marina Ramírez

Soy Marina, una autora apasionada por la actualidad nacional española. En Diario Online, un periódico independiente, comparto mis análisis y opiniones sobre los eventos más relevantes de nuestro país. Con mi pluma perspicaz y mi compromiso con la verdad, busco ofrecer a los lectores una visión objetiva y completa de la realidad que nos rodea. ¡Acompáñame en este apasionante viaje a través de las noticias más importantes de España!

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