Trabajo aprueba protocolo para prevenir el acoso a empleadas de hogar y les garantiza el derecho a dimitir sin penalizaciones

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Trabajo aprueba protocolo para prevenir el acoso a empleadas de hogar y les garantiza el derecho a dimitir sin penalizaciones

El Ministerio de Trabajo ha dado un importante paso hacia la protección de los derechos de las empleadas de hogar, aprobando un protocolo que busca prevenir el acoso y garantizar su seguridad en el lugar de trabajo. Esta medida supone un avance significativo en la lucha contra la violencia laboral y el acoso sexual, que afecta a miles de mujeres que se desempeñan en este sector. Además, el protocolo establece que las empleadas de hogar tendrán el derecho a dimitir sin penalizaciones, lo que les permitirá alejarse de situaciones de hostigamiento sin temor a represalias.

Trabajo aprueba protocolo para prevenir acoso a empleadas de hogar y garantiza su derecho a dimitir sin penalizaciones

El Consejo de Ministros, a instancias del Ministerio de Trabajo que lidera la vicepresidenta segunda Yolanda Díaz, aprobará este martes un decreto que reconocerá varios derechos laborales básicos a las empleadas de hogar, un colectivo especialmente feminizado y desprotegido en comparación con el resto de los trabajadores.

Entre las medidas que incluirá este decreto se encuentra la elaboración de un protocolo de actuación ante casos de acoso laboral o sexual en el trabajo de estas empleadas, así como el reconocimiento de su derecho a abandonar su actividad sin ser penalizadas cuando sean víctimas de estos delitos.

Protección contra la violencia y acoso

Protección contra la violencia y acoso

De manera expresa, el decreto establece que las personas trabajadoras que prestan servicios en el ámbito del servicio del hogar familiar tienen derecho a la protección frente a la violencia y acoso, incluida la violencia, el acoso sexual y el acoso por razón de origen racial o étnico, nacionalidad, sexo, identidad y expresión de género, así como orientación sexual.

El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, dependiente del Ministerio, tendrá un plazo máximo de un año a partir de la publicación de la norma en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para elaborar un protocolo de actuación frente a situaciones de violencia y acoso en el servicio del hogar familiar.

No penalización por denunciar acoso

No obstante, la protección ante estas situaciones de acoso laboral, sexual o de otra índole no se hará esperar hasta que ese protocolo se ponga en marcha, ya que el decreto impedirá que se castigue a las empleadas de hogar que sufran esta situación y escapen de la misma.

El abandono del domicilio ante una situación de violencia o acoso sufrida por la persona trabajadora no podrá considerarse dimisión ni podrá ser causa de despido, señala el texto, que de hecho reconoce que estas situaciones son motivo para que la trabajadora solicite la extinción del contrato por causa justificada, lo que le da derecho a las indemnizaciones contempladas en el caso del despido improcedente.

Otras medidas de protección

Además de estas medidas de protección en caso de acoso, el decreto contiene varias consideraciones en materia de riesgos laborales, empezando por reconocer a las empleadas de hogar su derecho a ser protegidas ante estos peligros asociados a su trabajo.

El responsable de esta protección deberá ser el empleador, que tendrá expresamente prohibido hacer recaer sobre la trabajadora el coste de las medidas relativas a la seguridad y salud en el trabajo.

El decreto establece que, en el plazo de diez meses, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo elaborará y pondrá a disposición de todas las personas empleadoras, a través de la página web del Ministerio de Trabajo y Economía Social, una herramienta que facilite la elaboración de un informe de riesgos laborales.

Esta herramienta pretende facilitar a los patrones la identificación de estos peligros para poder ponerles coto, pero no les libera de sus obligaciones.

Equipos de protección adecuados

Será responsabilidad del empleador facilitar a las trabajadoras equipos de trabajo adecuados para el desempeño de sus funciones, incluidos equipos de protección individual cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente.

De la misma forma, cuando las personas trabajadoras del servicio del hogar familiar estén o puedan estar expuestas a un riesgo grave e inminente con ocasión de su trabajo, los empleadores estarán obligados a informar del riesgo a las empleadas, en primer lugar.

Y será igualmente obligación del patrón adoptar las medidas y dar las instrucciones necesarias para que, en caso de peligro grave, inminente e inevitable, las personas trabajadoras puedan interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el domicilio.

Derecho a reconocimiento médico anual

Por último, el paquete de medidas reconoce el derecho de las empleadas de hogar a pasar un reconocimiento médico anual para determinar posibles riesgos para su salud en el ámbito laboral.

Para liberar a los empleadores de esta obligación, el Ministerio de Sanidad promoverá la inclusión de la realización gratuita de estos chequeos anuales en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.

Laura Ramírez

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