La casilla del borrador de la Renta 2023-2024 es un elemento crucial para aquellos contribuyentes que deseen desgravar el alquiler en Madrid. Este proceso, que consiste en completar de manera correcta dicha casilla, permite obtener beneficios fiscales significativos para los arrendatarios de viviendas en la capital española. La correcta cumplimentación de este apartado es fundamental para garantizar la deducción correspondiente y evitar posibles errores que puedan derivar en sanciones por parte de la Agencia Tributaria. Por tanto, es imprescindible prestar especial atención a este detalle al momento de realizar la declaración de la renta, asegurando así que se aprovechen todas las ventajas fiscales disponibles para quienes optan por el arrendamiento de viviendas en Madrid.
Descubre cómo desgravar el alquiler en Madrid completando la casilla
Apenas quedan unos días para que arranque la campaña de la declaración de la Renta 2023-2024. Será a partir del 3 de abril cuando los contribuyentes puedan presentar, de momento solo de forma online y más adelante por teléfono y presencialmente, su borrador. En ese sentido, deben estar informados de los procedimientos, fechas y casillas que deben conocer en cada caso para confeccionar el borrador y acogerse a diferentes deducciones.
Precisamente una de las deducciones autonómicas a las que pueden acogerse los habitantes de la Comunidad de Madrid permite desgravarse el alquiler de la vivienda habitual: podrán beneficiarse de una deducción del 30% por arrendamiento de la vivienda habitual, siendo la cantidad máxima de 1.237,20 euros, tanto en tributación individual como en conjunta.
Renta 2023-2024 en Madrid: fechas clave, cómo solicitar el borrador, cita previa por teléfono o Internet y cita presencial
Para todos aquellos contribuyentes que tributen en la Comunidad de Madrid y cumplan los requisitos para aplicarse esta deducción (y que figuran en el informe fiscal publicado por la Agencia Tributaria), la casilla del borrador en la que aparecerá el dato es la casilla 1043. Para que aparezca el dato en el borrador, es necesario aceptar previamente los datos identificativos e incluir los importes y NIF satisfechos al arrendador, según explican desde TaxDown.
Deja una respuesta