Cómo añadir deducciones por nacimiento, adopción o acogimiento de menores en la declaración de la Renta 2023-2024 en Andalucía

La declaración de la Renta 2023-2024 en Andalucía trae consigo importantes novedades, especialmente en lo referente a deducciones por nacimiento, adopción o acogimiento de menores. Este año, los contribuyentes andaluces tendrán la posibilidad de beneficiarse de ventajas fiscales destinadas a aquellos que hayan experimentado un aumento en su familia debido a la llegada de un nuevo miembro, ya sea por nacimiento, adopción o acogimiento. Estas deducciones representan una oportunidad para aliviar la carga tributaria de los hogares andaluces y fomentar la conciliación laboral y familiar. Es fundamental estar al tanto de los requisitos y procedimientos establecidos para poder aplicar correctamente estas deducciones en la declaración de la Renta y así obtener el máximo beneficio posible.

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Deducciones por nacimiento o adopción en la Renta en Andalucía

El inicio de la campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2023 comienza el 3 de abril y por esto resulta necesario tener presente las deducciones autonómicas que se podrán aplicar los contribuyentes declarantes del IRPF. En Andalucía existen más de diez deducciones y entre las que obedecen a motivos familiares destaca una por nacimiento, adopción o acogimiento de menores.

Según destaca la Junta de Andalucía, el importe máximo de la deducción es de 200 euros por cada hijo nacido, adoptado o por cada menor que haya sido acogido durante el periodo impositivo. En el supuesto de que el contribuyente viva en un municipio con riesgo de despoblación, la cantidad máxima se elevará hasta llegar a los 400 euros.

En caso de que se produzcan partos, adopciones o acogimientos múltiples, la deducción se incrementará en 200 euros por cada menor. Las cantidades se dividirán en partes iguales cuando más de una persona pueda aplicarse la deducción.

Aprovecha las deducciones familiares en la Declaración de la Renta en Andalucía

Aprovecha las deducciones familiares en la Declaración de la Renta en Andalucía

Para poder beneficiarse de esta deducción, cuando se realice la declaración de forma individual las bases imponibles general y del ahorro no podrán superar los 25.000 euros anuales, mientras que cuando se presente de manera conjunta el límite será de 30.000 euros.

En los casos de acogimiento familiar de menores solamente podrá aplicarse esta deducción los contribuyentes que no hayan recibido otras ayudas autonómicas relacionadas con el acogimiento. Además, el menor tendrá que convivir un mínimo de 90 días con el contribuyente durante el periodo impositivo.

Susana Vidal

Soy Susana, redactora de la página web Diario Online, un periódico independiente de actualidad nacional española. Mi pasión por la escritura y la veracidad de la información me lleva a investigar a fondo cada noticia que publicamos. Con un enfoque objetivo y crítico, me esfuerzo por ofrecer a nuestros lectores contenidos relevantes y de calidad. Mi compromiso es mantener informada a la sociedad española, abordando temas de interés público con profesionalismo y ética periodística. ¡Gracias por seguirnos en nuestra plataforma digital!

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