El Tribunal Supremo anula la cláusula laboral que permitía el despido de teleoperadores con productividad inferior al 75%: un triunfo para los trabaja

En un fallo histórico, el Tribunal Supremo ha sentado un precedente en la lucha por la justicia laboral, al anular la cláusula laboral que permitía el despido de teleoperadores con una productividad inferior al 75%. Esta resolución supone un triunfo para los trabajadores que se han visto afectados por esta medida, que consideraban discriminatoria y lesiva para sus derechos. La anulación de esta cláusula laboral es un paso importante hacia la protección de los derechos de los trabajadores y hacia la erradicación de prácticas laborales abusivas y injustas.

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Triunfo para los trabajadores: Tribunal Supremo anula cláusula laboral abusiva

El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia histórica en favor de los trabajadores, anulando una cláusula laboral que permitía a las empresas extinguir los contratos de los teleoperadores sin indemnización si no alcanzaban un 75% de producción media mensual del servicio.

La cláusula anulada

La cláusula anulada

La cláusula en cuestión, incluida en los contratos individuales de los teleoperadores a partir de junio de 2022, establecía que ambas partes, al amparo de lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, de mutuo acuerdo establecen como motivo válidamente consignado para la resolución del contrato el bajo rendimiento del Trabajador.

Según esta cláusula, se consideraba bajo rendimiento no alcanzar el 75% de la media de producción mensual en tres meses consecutivos o en cuatro alternos dentro de un período de seis.

El fallo del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo ha considerado que esta cláusula es abusiva y vulnera los derechos procesales del despido. En una sentencia del 10 de septiembre, la sala de lo social desestimó el recurso de la empresa de teleoperadores Digitex contra un fallo de la Audiencia Nacional de octubre de 2022.

Para el Tribunal Supremo, dicha condición resolutoria pretende que la empresa pueda extinguir la relación laboral por disminución del rendimiento, sin abonar ninguna indemnización al trabajador y sin que se valoren las circunstancias subjetivas del empleado.

El alto tribunal considera que esta cláusula elude las garantías procesales del despido, ya que el Estatuto de los Trabajadores indica que el incumplimiento contractual debe ser demostrado.

La responsabilidad de la empresa

La empresa debe demostrar que hubo incumplimiento del contrato para justificar la extinción no indemnizada de la relación laboral, añade el Supremo.

En este caso, se trata de una cláusula tipo, impuesta por la empresa en todos los contratos de trabajo en el ámbito del conflicto, que no había sido negociada libremente con los trabajadores.

Un paso importante hacia la justicia laboral

Este fallo del Tribunal Supremo es un triunfo para los trabajadores y un paso importante hacia la justicia laboral. La anulación de esta cláusula laboral abusiva es un golpe a la precariedad laboral y un avance en la protección de los derechos de los trabajadores.

Jorge Vidal

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