El juez condena al dueño de Tartessos Car a dos años y medio de prisión por apropiarse de 300.000 euros destinados a ERE

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El juez condena al dueño de Tartessos Car a dos años y medio de prisión por apropiarse de 300.000 euros destinados a ERE

En un fallo histórico, el juez ha condenado al dueño de Tartessos Car a dos años y medio de prisión por un delito de apropiación indebida. Según la sentencia, el acusado se apropió de 300.000 euros que estaban destinados a un Expreso de Regulación de Empleo (ERE), perjudicando a los trabajadores de la empresa. Esta condena es un hitazo contra la impunidad y un paso importante hacia la justicia laboral. El caso ha generado gran impacto en la opinión pública, ya que se considera un ejemplo de mala gestión empresarial y de falta de responsabilidad social.

Condena a dos años y medio de prisión al dueño de Tartessos Car por apropiación de fondos

La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha condenado a dos años y medio de prisión al director general de la empresa Tartessos Car S.L. por un delito de prevaricación en concurso con malversación de caudales públicos.

El motivo de la condena es la apropiación indebida de 300.000 euros recibidos por su empresa de concesionarios de coches a través del mecanismo de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) fraudulentos financiados por la Junta de Andalucía y las ayudas arbitrarias y sin publicidad.

Delito de prevaricación en concurso con malversación de caudales públicos

Delito de prevaricación en concurso con malversación de caudales públicos

La fiscalía había reclamado tres años menos un día de prisión como cooperador necesario de un delito de prevaricación en concurso con malversación de caudales públicos, siete años y un día de inhabilitación especial para empleo o cargo público y seis años menos un día de inhabilitación absoluta.

Además, se le impone la obligación de restituir a la Junta los 300.000 euros malversados y de indemnizar a la Junta de Andalucía con 561.156,73 euros, más los 300.000 euros de cuantía principal, que se corresponde con la cantidad malversada.

La versión del acusado

El acusado había defendido que dada la crítica situación de la empresa, solicitó una ayuda a IDEA, entidad pública dependiente de la Junta que inicialmente rechazó conceder fondos a Tartessos Car a cuenta de sus deudas con la Seguridad Social.

Según su relato, acudió a la Federación Onubense de Empresarios (FOE) y entonces, el abogado de la entidad patronal le informó de que la Junta estaba estudiando unas ayudas previas a las de IDEA, tras lo cual este letrado de la patronal le habría solicitado documentos como una carta con las necesidades de la empresa, de cara a su entrega a la Junta.

La sentencia

El tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla considera un trastorno completo del orden jurídico, subvertido por unas decisiones arbitrarias y dañinas para los intereses públicos en el marco de un rosario de actividades defraudatorias con creación de un entramado documental falso (falsedad ideológica) y desvío de la función y el interés público completo.

Los magistrados afirman que estamos ante una alcaldada, indigna de una Administración de la importancia y entidad de la Junta de Andalucía, que contribuye a un deterioro profundo de la confianza pública en la probidad de las instituciones y en la misma realidad del Estado de Derecho.

La ayuda apañada

La materialización de la ayuda así apañada, según la sentencia, se efectuó sin solicitud escrita presentada en cualquier oficina pública por parte del beneficiario, al margen de todo procedimiento administrativo, sin cumplimiento de la normativa sobre subvenciones e incumpliendo, asimismo, las exigencias del mecanismo de transferencias de financiación bajo el que se implementó la ayuda, afirmando contar con documentación justificativa que era inexistente, sin implementar comisión de seguimiento o hacer indagación alguna sobre aplicación y destino de los fondos concedidos a finalidad pública o de cualquier otra especie.

El tribunal destaca que no se tiene ni la discutiblemente efectiva precaución, que se ha tenido en otras piezas congéneres, consistente en construir el expediente hacia atrás. Es decir, primero conceder la ayuda, sin más, como aquí, y luego ir reclamando al beneficiario documentos o pedirle que rellene formularios para formar un expediente de fantasía que cubriera de alguna manera la actuación ilegal.

En esta pieza se libra el dinero por las bravas sin la menor lacha y ahí acaba todo, indica el tribunal.

En definitiva, y a juicio de los magistrados, en este caso se ejecuta de forma burda y procaz una ayuda ilícita con aplicación de fondos públicos a fines que resultaban inidóneos sin procedimiento administrativo alguno y a favor de alguien que no tiene derecho a tal cosa por no reunir condición alguna.

José Manuel Pérez

Soy José Manuel, un experto en temas de actualidad nacional española y colaborador del Diario Online, un periódico independiente que se caracteriza por ofrecer información veraz y objetiva. Mi pasión por el periodismo me impulsa a investigar a fondo cada noticia para brindar a nuestros lectores contenido relevante y de calidad. Con mi experiencia y conocimientos, me esfuerzo por contribuir al debate público y mantener informada a nuestra audiencia sobre los acontecimientos más importantes en España. ¡Sígueme para estar al tanto de toda la actualidad!

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