En un fallo contundente, el tribunal ha declarado culpable a Rodríguez 'Pam' por difamar al ex de María Sevilla, reconocida expresidenta de Infancia Libre, al acusarlo públicamente de ser un maltratador. Esta sentencia marca un hito en la lucha contra la violencia de género y el reconocimiento de la verdad en un caso que ha captado la atención de la opinión pública. Las declaraciones falsas de Rodríguez 'Pam' han causado un daño irreparable a la reputación del excompañero de Sevilla, generando una onda de indignación y rechazo en la sociedad. Esta condena pone en relieve la importancia de la veracidad de las informaciones difundidas y el respeto a la dignidad de cada individuo involucrado en situaciones controversiales como esta.
Condenan a Ángela Rodríguez 'Pam' por difamar a expareja de María Sevilla, Justicia condena a Rodríguez 'Pam' por vulnerar el derecho al honor
La ex secretaria de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, Ángela Rodríguez ‘Pam’, ha sido condenada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Estepona (Málaga) por difamar a Rafael Marcos, expareja de María Sevilla, antigua presidenta de la asociación Infancia Libre. La sentencia concluye que hubo una intromisión ilegítima y vulneración del derecho al honor del demandante.
En el fallo, la jueza estima parcialmente la demanda presentada por Marcos y condena a Rodríguez a pagar una indemnización de 10.500 euros, además de dar publicidad al fallo de la sentencia a su costa. La demanda se presentó por unas declaraciones realizadas en un programa de televisión y en redes sociales en el contexto del indulto concedido a Sevilla en 2022, iniciativa que surgió del Ministerio de Igualdad dirigido por Irene Montero.
María Sevilla fue condenada a dos años y medio de prisión a finales de mayo de 2022 por secuestrar a su hijo para evitar que su padre, Rafael Marcos, tuviera contacto con él. La sentencia destaca que las declaraciones de Rodríguez se hicieron con pleno conocimiento de la falsedad de lo manifestado, y que acusar a una persona inocente de ser autor de un delito tan grave es perjudicial para la lucha contra la violencia de género.
La jueza enfatiza que el debate público no debe centrarse en si el demandante es un maltratador, ya que la justicia ha determinado que no lo es, resaltando su derecho a no ser calificado de esa manera. Además, señala que el daño causado por las acusaciones infundadas no se ve disminuido por otras acusaciones similares realizadas por terceros.
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