La justicia gallega concede la pensión de viudedad a una mujer divorciada que fue víctima de malos tratos: En un fallo histórico, el tribunal de Galicia ha dictaminado a favor de una mujer que, tras haber sufrido malos tratos durante su matrimonio y posterior divorcio, ahora podrá recibir la pensión de viudedad. Este caso sienta un importante precedente en la lucha por los derechos de las mujeres que han sido víctimas de violencia de género, reconociendo su derecho a acceder a este beneficio social. La decisión judicial destaca la importancia de brindar apoyo y protección a las personas que han vivido situaciones de violencia, garantizando así su bienestar y seguridad económica. Esta sentencia marca un avance significativo en la lucha contra la violencia machista y en la defensa de la igualdad de género en el sistema judicial.
La Justicia Gallega reconoce pensión de viudedad a mujer divorciada víctima de maltrato
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha emitido una sentencia, aplicando la perspectiva de género, en la que ha reconocido el derecho de una mujer divorciada a recibir la pensión de viudedad que le fue denegada por la Seguridad Social. Esta institución cuestionó que la mujer hubiese sido víctima de violencia de género, pero el fallo del TSXG ha respaldado su derecho.
La mujer gallega, que fue divorciada en 1993, se le había negado el derecho a la pensión de viudedad por haber transcurrido más de diez años entre su separación judicial y el fallecimiento de su exmarido en 2020, además de tener derecho a otra pensión pública. Sin embargo, los magistrados han considerado que la mujer ha logrado demostrar debidamente haber sido víctima de violencia de género, basándose en un informe de una psiquiatra del Servizo Galego de Saúde (Sergas).
Desde abril de 2013, la demandante buscó ayuda en una unidad de salud mental debido a una depresión prolongada relacionada con la situación altamente estresante que vivió en un contexto familiar de elevada conflictividad y violencia conyugal. Este hecho fue destacado en el informe presentado en el proceso.
La Sala también ha señalado la importancia de valorar la verosimilitud del relato de la parte demandante en casos donde se cuestione la existencia de violencia de género para acceder a una pensión de viudedad, considerando su conducta procesal y sus posibilidades racionales de actuación dentro del contexto en el que se desarrolló esa conducta personal.
La sentencia no es definitiva, ya que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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