Cuatro vías judiciales frente a la amnistía: aplicarla, descartarla o acudir al TJUE o el Constitucional

En el marco de la polémica sobre la amnistía, el panorama judicial se presenta complejo y lleno de incertidumbre. Ante la posibilidad de que se apruebe una ley de amnistía, los expertos en derecho han identificado cuatro vías judiciales que podrían seguirse en función de las decisiones políticas y judiciales que se tomen en los próximos días. Por una parte, se podría aplicar la amnistía, lo que supondría la liberación de presos políticos y la anulación de sentencias. Por otra parte, también se podría descartar la amnistía, lo que dejaría intactas las condenas y las sentencias dictadas. Sin embargo, también se contempla la posibilidad de acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) o al Tribunal Constitucional, lo que podría suponer un retraso en la aplicación de la ley y una revisión de su constitucionalidad.

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Jueces y tribunales tienen dos meses para aplicar la amnistía

Desde este martes, jueces y tribunales tienen un plazo de dos meses para determinar si una causa forma parte o no de los supuestos amnistiables, según la norma recién aplicada. El reloj comenzó a correr con la publicación de la ley en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Entre los primeros en dar el paso, se encuentran los instructores del Tribunal Supremo, Pablo Llarena y Susana Polo, la Sala que juzgó al procés, la Audiencia Nacional, el Tribunal de Cuentas y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que ya han dado audiencia a la Fiscalía y a las partes personadas en cada causa.

La incertidumbre es total

La incertidumbre es total

A partir de ahí, los siguientes pasos pueden conducir a cada juez y cada tribunal a lugares completamente distintos. Algunos pueden descartar la aplicación de la amnistía, otros pueden aplicarla directamente, y todos ellos tienen potestad para trasladar sus dudas sobre la ley al Tribunal de Justicia de la UE o al Tribunal Constitucional.

La incertidumbre es total para los posibles beneficiarios, desde Carles Puigdemont u Oriol Junqueras hasta los policías encausados por su actuación en el 1-O.

Aplicar la amnistía

Se desconoce aún el número de causas susceptibles de ser amnistiadas. La primera estimación oficial la presentará la Fiscalía General del Estado en los próximos días, según fuentes cercanas a la institución.

El primer paso para amnistiar es preguntar si cabe hacerlo. Lo puede hacer el propio juez o tribunal, como han hecho ya los mencionados previamente, o bien las acusaciones, como hicieron 37 encausados por el procés -entre ellos Junqueras o Josep Rull- a primera hora del martes.

Turull, Rull, Junqueras y otros 36 encausados por el procès piden que se les aplique la ley de amnistía

La Fiscalía no actuará de oficio

La Fiscalía, sin embargo, no actuará de oficio en estos supuestos, dado que según fuentes de la institución la directriz es esperar a que el juez pregunte a las partes.

Según esa instrucción de la cúpula del Ministerio Público, ningún fiscal debería pedir aplicar la amnistía a ninguna causa concreta, sino esperar a que actúen los jueces o las demás partes.

Los tribunales tienen la última palabra

Una vez las partes se pronuncien, será el juez o el tribunal correspondiente quien estime si la amnistía es aplicable a unos hechos investigados o ya juzgados.

Mientras tanto, la ley ordena el inmediato alzamiento de las medidas cautelares que puedan estar en vigor, algo que el instructor Pablo Llarena ya desatendió en la mañana del martes al ordenar mantener vigentes las órdenes de detención nacionales contra Puigdemont y el resto de encausados huidos en el extranjero.

Los tribunales pueden amnistiar delitos

Los tribunales pueden amnistiar delitos que aún están siendo investigados o juzgados, en cuyo caso decretarán el sobreseimiento libre de la causa correspondiente, o bien amnistiar hechos condenados en firme. En este caso se borrarán los antecedentes penales del amnistiado y quedará extinguida su condena.

Descartar la amnistía

Es posible que un tribunal pregunte a las partes por el encaje de la amnistía en una causa concreta, bien de motu proprio o a petición de un acusado, y que finalmente descarte su aplicación.

El Gobierno insta a los jueces a aplicar la amnistía en los términos en los que está redactada.

Excepciones a la amnistía

El primero se investiga en el Tribunal Supremo y en el Tribunal de Cuentas, el segundo en el Supremo y en la Audiencia Nacional. Tal y como está redactada la norma, no quedarán amnistiados los actos de terrorismo que hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos, en particular las reguladas en los artículos 2 y 3 del convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos.

La malversación también queda excluida cuando afecte a los intereses financieros de la Unión Europea.

Cuestiones ante el TJUE y el Constitucional

También puede ocurrir que los magistrados Susana Polo y Pablo Llarena, que instruyen la causa de Tsunami Democràtic en el Supremo y la Audiencia Nacional, consideren que el terrorismo que investigan pudo violar los derechos humanos, y por tanto no es amnistiable.

La hipótesis que más se ha barajado es que varios tribunales, empezando por el Supremo, lleven la amnistía al Tribunal Superior de Justicia de la UE o al Tribunal Constitucional.

Pese a ser de aplicación para un hecho concreto, la amnistía podría no aplicarse si resulta contraria al Derecho de la Unión Europea o al Derecho español. En caso de que un juez o un tribunal dude del encaje europeo de la ley de amnistía, su obligación será trasladar estas dudas al TJUE.

El Tribunal de Cuentas ha sido el primero en contemplar la posibilidad de una cuestión prejudicial ante el TJUE. De hecho, ha dado un plazo de diez días a las partes para que digan si procede plantear una prejudicial.

Una segunda posibilidad es que los tribunales presenten cuestiones de inconstitucionalidad. Así lo harán cuando duden del encaje de una ley en el Derecho español, dejando en manos del Tribunal Constitucional la decisión sobre la validez de la norma.

Además de los jueces, podrán acudir al órgano de garantías partidos políticos con más de cincuenta diputados, en el caso de la oposición, únicamente el PP.

José Manuel Pérez

Soy José Manuel, un experto en temas de actualidad nacional española y colaborador del Diario Online, un periódico independiente que se caracteriza por ofrecer información veraz y objetiva. Mi pasión por el periodismo me impulsa a investigar a fondo cada noticia para brindar a nuestros lectores contenido relevante y de calidad. Con mi experiencia y conocimientos, me esfuerzo por contribuir al debate público y mantener informada a nuestra audiencia sobre los acontecimientos más importantes en España. ¡Sígueme para estar al tanto de toda la actualidad!

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