El Tribunal Constitucional aprueba la reforma penal que sanciona el acoso y la violencia hacia las clínicas de aborto y profesionales de la salud repr

En un hito histórico para la protección de los derechos de las mujeres y la salud reproductiva, el Tribunal Constitucional ha aprobado la reforma penal que sanciona el acoso y la violencia hacia las clínicas de aborto y profesionales de la salud reproductiva. Esta medida busca garantizar el acceso seguro y libre de riesgos a los servicios de salud reproductiva, protegiendo a los profesionales de la salud y a las mujeres que buscan acceder a servicios de aborto seguro. La aprobación de esta reforma penal marca un paso importante hacia la protección de los derechos humanos y la igualdad de género, y es un reconocimiento a la lucha de las mujeres y organizaciones que han trabajado incansablemente para lograr este avance.

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Tribunal Constitucional avala reforma penal que sanciona acoso y violencia en clínicas de aborto

El Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado este miércoles el recurso de inconstitucionalidad presentado por Vox contra la reforma del Código Penal que, desde 2022, castiga el acoso a las mujeres que acuden a clínicas para abortar.

El órgano de garantías avala así la iniciativa impulsada por el PSOE en la anterior legislatura para hacer frente a las situaciones de coacción que vivían las mujeres que querían interrumpir voluntariamente su embarazo y se encontraban con grupos de gente rezando, protestando u mostrando imágenes de fetos en las puertas de los centros.

La sentencia determina que la norma es constitucional

La sentencia determina que la norma es constitucional

La sentencia, redactada por la magistrada del ala progresista María Luisa Balaguer, determina que la norma es constitucional, y así lo ha respaldado también una mayoría del Pleno, con el voto particular de los magistrados del ala conservadora Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa.

El texto —que recibió el visto bueno en sede parlamentaria hace ya dos años pese al rechazo del PP y Vox— sanciona, con penas de tres meses a un año, a todo aquel que realice actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben la libertad de las mujeres ante las clínicas abortivas.

Sanciones y protección de la libertad de las mujeres

La ley también otorga a los tribunales la posibilidad de que veten el acceso a determinados lugares de seis meses a tres años a quienes incurran en estos delitos.

El Código Penal ya castiga el acoso en las clínicas abortivas. ¿Qué sanciones implica?

El TC defiende la libertad de las mujeres para abortar, considerando que el delito de acoso para obstaculizar el derecho al aborto no tiene otro objetivo que la protección de un interés con cobertura constitucional suficiente, como es la garantía de la libertad de las mujeres para interrumpir de forma voluntaria su embarazo.

Esta libertad, alega, está también conectada con otros derechos fundamentales, como el derecho a la vida y a la integridad física y moral; o al deber de los poderes públicos a salvaguardar la salud pública de los ciudadanos.

La sentencia rechaza las impugnaciones de Vox

Los de Abascal recurrieron la norma al considerar, entre otras cosas, que se vulneraban varias libertades, como la ideológica, la libertad de expresión, de reunión y manifestación, a la igualdad y de libertad religiosa. Impugnaciones que han sido rechazadas por el Constitucional.

El fallo precisa también que, en ningún caso, la norma persigue los actos molestos u ofensivos, sino la acción de acosar que, recuerda, está tipificada en el Código Penal y profusamente desarrollado por la jurisprudencia.

Respecto a una supuesta vulneración del derecho a la intimidad de las víctimas, el Pleno reconoce que la persecución del delito puede incidir en la intimidad de la víctima que ha decidido no denunciar y no exponer sus vivencias en torno a la decisión de abortar. Pero, según alega el TC, se trata de un sacrificio justificado por el interés público de la investigación del delito y porque el libre ejercicio a la interrupción voluntaria del embarazo está relacionado con la garantía al igual disfrute entre hombres y mujeres, y con el derecho a la salud sexual y reproductiva en un contexto social en el que el ejercicio de este derecho por las mujeres aún experimenta dificultades estructurales.

Jorge Gutiérrez

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