Hombre recibe una indemnización de 18.000 € por la publicación de su nombre y foto en un reportaje sobre un crimen cometido 36 años atrás.

Un hombre ha sido compensado con una indemnización de 18.000 € tras la publicación de su nombre y fotografía en un reportaje relacionado con un crimen ocurrido hace 36 años. La decisión se basa en el derecho a la protección de la imagen y la privacidad de la persona afectada, cuya identidad se vio expuesta de forma inapropiada. La sentencia destaca la importancia de respetar la intimidad de los individuos y el impacto negativo que puede tener la divulgación de información sensible sin consentimiento. Este caso sirve como ejemplo de la responsabilidad de los medios de comunicación en el tratamiento de datos personales y subraya la necesidad de garantizar el respeto a los derechos fundamentales de las personas.

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Tribunal Supremo ordena indemnizar con 18.000 euros a hombre por violación de su honor

La sala de lo civil del Tribunal Supremo ha considerado que un periódico regional vulneró el derecho al honor y a la propia imagen de un hombre al publicar una crónica de sucesos sobre un doble asesinato que cometió hace 36 años y ha ordenado indemnizarle con 18.000 euros.

La sentencia, hecha pública este jueves, da la razón al hombre porque en el reportaje, publicado en el diario Hoy de Extremadura, se le identificó con su nombre y apellidos y se incluyó su fotografía, una grave afectación de su honor y de su derecho a la propia imagen que no está justificada por la libertad de información.

A su juicio, 36 años después, una vez cumplida la condena y reinsertado en la sociedad, carece de relevancia pública el nombre y la imagen de la persona afectada.

Supremo reconoce derecho a la privacidad de hombre cuyo pasado criminal fue revelado

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Aunque el hombre ha rehecho su vida y sus hijos no tenían conocimiento de los hechos publicados, el alto tribunal no considera que se haya vulnerado su derecho a la intimidad personal y familiar, ya que su participación en un hecho tan grave como un doble asesinato, por su propia naturaleza, no es algo reservado al ámbito personal y tiene trascendencia pública. Pero sí considera que se vulneró su derecho al honor y a la propia imagen.

Los tribunales han reconocido que la publicación de la identidad de un criminal está amparada por la libertad de información, pero se trataba de sentencias sobre sucesos de actualidad. En este caso, aunque los hechos puede seguir presentando interés general, la identificación de la persona que los cometió no está justificada, al menos mientras esta persona siga viva, afirman los magistrados.

Susana Vidal

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