La reforma laboral: Cambios en la edad de jubilación para los trabajadores con menos de 15 años cotizados

En el marco de la reforma laboral, el gobierno ha anunciado cambios significativos en la edad de jubilación para los trabajadores que cuentan con menos de 15 años de cotizaciones. Esta iniciativa busca mejorar la sostenibilidad del sistema de pensiones y garantizar una mayor justicia social para aquellos que han contribuido durante menos tiempo. A partir de ahora, los trabajadores con menos de 15 años cotizados podrán acceder a la jubilación anticipada a los 63 años, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos. Esta medida busca fomentar la empleabilidad de los jóvenes y reducir la desocupación entre los trabajadores de edad avanzada.

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Reforma laboral: Cambios en la edad de jubilación para trabajadores con menos de 15 años cotizados

La edad legal de acceso a la pensión de jubilación cambiará en el año 2025, lo que puede afectar a los trabajadores que no hayan cotizado los suficientes para poder acceder a la prestación contributiva. En esta situación se encontrarían las personas que tengan 15 años o menos cotizados.

La Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, es la que recoge que cada año se retrasa la edad de jubilación. De este modo, en el año 2025, para poder jubilarse con 65 años será necesario haber cotizado 38 años y 3 meses o más. Por contra, aquellos que para entonces tengan menos de 38 años y 3 meses cotizados no podrán jubilarse hasta haber cumplido los 66 años y 8 meses.

Consecuencias para los trabajadores con pocos años cotizados

Consecuencias para los trabajadores con pocos años cotizados

Las personas que tengan 15 años cotizados podrán jubilarse a los 66 años y 8 meses en 2025. No podrán, sin embargo, jubilarse de manera anticipada, ya que para ello es necesario haber cotizado al menos 35 años a la Seguridad Social, en el caso de que sea voluntaria, y al menos 33 años si es jubilación anticipada involuntaria.

Según detalla la Seguridad Social en su web, los trabajadores que tengan 15 años cotizados tendrán derecho a cobrar una pensión que será solo del 50% de su base reguladora —que se calcula dividiendo el importe de la base de cotización del trabajador durante el mes anterior a la prestación entre el número de días a los que se refiere la cotización—.

Si la cuantía resultante es inferior a la pensión mínima y el beneficiario demuestra que carece de rentas inferiores a un límite marcado cada año, esta pensión se completará con un complemento por mínimos, hasta alcanzar el importe señalado cada ejercicio.

En el caso de que no se tengan los 15 años mínimos de cotización, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los últimos 15 años inmediatamente anteriores al hecho causante, el acceso a la pensión contributiva queda descartado y el trabajador solo podrá solicitar la pensión no contributiva de jubilación.

Pensión no contributiva de jubilación

Para acceder a la pensión no contributiva de jubilación es necesario tener 65 o más años y cumplir una serie de requisitos establecidos por las Comunidades Autónomas, que son quienes se encargan de gestionar estas pensiones no contributivas, salvo en el caso de Ceuta y Melilla, que corre a cargo de las Direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso).

Jorge Vidal

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