Razones válidas para no ser miembro de la mesa electoral en las elecciones vascas de 2024.

Razones válidas para no ser miembro de la mesa electoral en las elecciones vascas de 2024.

La participación como miembro de la mesa electoral en las próximas elecciones vascas de 2024 es un deber cívico de vital importancia para el correcto desarrollo democrático del proceso electoral. Sin embargo, existen razones válidas que pueden llevar a una persona a declinar esta responsabilidad. Entre las principales causas se encuentran cuestiones de salud que impidan la presencia física en el lugar de votación, así como motivos laborales que hagan imposible ausentarse durante toda la jornada electoral. Es fundamental reconocer que, pese a la relevancia de esta labor, es legítimo que ciudadanos con impedimentos justificados puedan solicitar su exclusión de la mesa electoral en aras de preservar su bienestar y derechos laborales.

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Motivos legítimos para evitar ser parte de la mesa electoral en Euskadi

Un hombre deposita su voto en una urna en un colegio electoral. Biel Aliño / EFE

Los vascos tienen una cita con las urnas este 21 de abril para elegir a los miembros que formarán parte del Parlamento Vasco en esta nueva legislatura. Aunque en un principio las elecciones autonómicas de Euskadi estaban previstas para los meses de mayo o junio, Íñigo Urkullu anunció que finalmente se celebrarían en abril.

El sorteo para elegir a los miembros de la mesa electoral —formada por un presidente, dos vocales y los correspondientes suplentes de cada uno de los puestos— se celebra entre 25 y 29 días posteriores a la convocatoria, según marca la Ley Electoral. Esto quiere decir que las fechas marcadas para celebrar este acto público fueron entre el 16 y el 21 de marzo.

La Junta Electoral establece que, una vez finalizado el sorteo, el plazo para notificar la elección será de tres días, así como el envío de toda la documentación necesaria para la jornada electoral. Esto quiere decir que la fecha tope para avisar a los elegidos fue el 19 de enero—en caso de que el sorteo se realizase el día 16— o el 24 de enero—si se hizo el 21—.

Causas justificadas para no formar parte de la mesa en elecciones vascas

Causas justificadas para no formar parte de la mesa en elecciones vascas

El designado tiene un plazo de siete días para alegar ante la junta electoral cualquier causa justificada y documentada que impida acudir a mesa electoral. La Junta, que es quien acepta o rechaza la justificación de ausencia, tiene un plazo de 5 días para responder.

Las causas que un ciudadano puede alegar para evitar ser miembro de una mesa durante una jornada electoral se recogen en la Instrucción 6/2011, de 28 de abril, de la Junta Electoral Central. Estas serían las causas personales que justificarían la ausencia:

  • Tener más de 65 años y menos de 70.
  • Las personas que alcancen la mayoría de edad en el plazo comprendido entre la formación de las listas y la votación.
  • Estar en situación de discapacidad.
  • Encontrarse en condición de pensionista por incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.

Estas no son las únicas causas justificadas que se recogen. La Junta Electoral de cada zona también valorará otros motivos personales que puedan impedir acudir a la mesa como miembro el día de las votaciones.

Jorge Gutiérrez

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