Renta 2022-2023: ¿Qué ingresos se excluyen como segundo pagador?

Index

Renta 2022-2023: ¿Qué ingresos se excluyen como segundo pagador?

Con la temporada de declaraciones de la renta 2022-2023 en curso, muchos contribuyentes se preguntan qué ingresos pueden ser excluidos al presentar su declaración como segundo pagador. Según las normas fiscales, existen ciertos ingresos que no se consideran como parte de la base imponible y, por lo tanto, no se incluyen en la declaración de la renta. Es fundamental tener en cuenta estos conceptos para evitar errores y multas injustas. En este sentido, es clave entender qué tipo de ingresos se encuentran excluidos de la declaración y qué requisitos se deben cumplir para no ser considerados como ingresos gravables.

Desvelados los límites para declarar la Renta: ¿qué ingresos están exentos?

La campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio económico de 2022 comienza el próximo 11 de abril de 2023. A partir de esta fecha, los contribuyentes podrán tramitar el borrador de su declaración anual del IRPF para comprobar si les sale a pagar o a devolver, una vez aplicadas todas las deducciones estatales o autonómicas que les correspondan.

Límites para presentar la declaración de la Renta

Límites para presentar la declaración de la Renta

La Agencia Tributaria establece como norma general que no tendrán la obligación de tributar en el IRPF anual las personas que hayan obtenido menos de 22.000 euros brutos de ingresos durante 2022, siempre y cuando estos ingresos vengan de un único pagador.

Por su parte, quedan exentos de tributar los contribuyentes que hayan tenido dos o más pagadores y sus ingresos no superen los 15.000 euros, siempre que la suma de las cantidades del segundo y restantes pagadores no supere los 1.500 euros anuales.

¿Qué se considera como segundo pagador?

Se considera como segundo pagador situaciones como haber trabajado para empresas diferentes en el mismo año, haber trabajado por cuenta propia y por cuenta ajena, la prestación contributiva por desempleo o el ERTE, entre otras.

No se considerarán como segundos pagadores los siguientes supuestos:

  • Recibir una pensión compensatoria o una pensión alimenticia
  • Subrogación laboral
  • Pago delegado
  • Cambio de nombre o fusión de empresas

Esta medida aprobada por el Gobierno central busca hacer frente a la carga tributaria de los contribuyentes en esta nueva campaña y se recoge en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

Es importante destacar que el límite excluyente para presentar la declaración se amplía de 14.000 a 15.000 euros, lo que beneficiará a muchos contribuyentes.

Esperamos que esta información te haya sido útil. Recuerda que la declaración de la Renta es un proceso importante y es fundamental entender las normas y límites para evitar problemas con la Agencia Tributaria.

Jorge Vidal

Hola, soy Jorge, redactor jefe con amplia experiencia en el periodismo digital. En Diario Online, un periódico independiente de actualidad nacional española, me encargo de supervisar la redacción y publicación de noticias relevantes y veraces. Mi pasión por la información me impulsa a garantizar la calidad y objetividad en cada artículo que se publica en nuestra web. Con un enfoque en la veracidad y la imparcialidad, me esfuerzo por ofrecer a nuestros lectores una cobertura completa y rigurosa de los acontecimientos más importantes en España. ¡Gracias por confiar en nuestro trabajo en Diario Online!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir