La nueva medida implementada en Canarias permite a los autónomos solicitar la 'cuota cero', un apoyo económico crucial en tiempos de incertidumbre. Esta iniciativa ofrece a los emprendedores la posibilidad de acceder a un periodo de exención de pago de cotizaciones a la Seguridad Social, aliviando así su carga financiera. Es importante destacar que este beneficio está sujeto a plazos y requisitos específicos que los interesados deben cumplir para poder optar a él. Se espera que esta medida impulse la actividad emprendedora en la región y contribuya al fortalecimiento del tejido empresarial local. Sin duda, esta noticia representa una oportunidad invaluable para aquellos que buscan iniciar o consolidar sus proyectos como autónomos en Canarias.
Abierto plazo en Canarias para solicitar 'cuota cero' para autónomos: requisitos y plazos
El Gobierno de Canarias ha abierto el período de solicitud de la 'cuota cero' destinada a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que hayan comenzado su actividad en las islas durante el año 2023. Esta convocatoria, publicada en el Boletín Oficial de Canarias, cuenta con un presupuesto de 2,5 millones de euros y estará disponible hasta el 30 de noviembre de 2024.
Se estima que esta ayuda beneficiará a alrededor de 3.500 personas que hayan estado dadas de alta, al menos, durante el año anterior. Los potenciales beneficiarios deben haber abonado hasta 12 meses de la tarifa plana estatal al momento de solicitar la 'cuota cero'. Asimismo, deben estar empadronados en alguna de las islas y no tener deudas con la Seguridad Social.
Los interesados deberán presentar su solicitud de manera telemática a través de la sede electrónica, ya que no se admitirán las solicitudes que no se presenten por esta vía. La concesión de las subvenciones se realizará por orden de llegada, siempre que estén completas.
Documentación a presentar
Para solicitar la 'cuota cero', los ciudadanos canarios deberán presentar el informe de bases y cuotas ingresadas a la Seguridad Social, así como autorizar al Gobierno la consulta de cierta documentación. En caso de no aceptar esta autorización, el solicitante deberá aportar los siguientes documentos:
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- Acreditación de situación de alta en la Seguridad Social.
- Acreditación de estar al corriente en las obligaciones tributarias estatales.
- Acreditación de estar al corriente en las obligaciones tributarias autonómicas.
- Acreditación de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social.
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