En un significativo paso hacia la modernización de la función pública, la administración ha decidido ampliar las opciones de flexibilidad laboral para los funcionarios públicos. A partir de ahora, los empleados del sector público podrán disfrutar de nuevos permisos que les permitirán conciliar su vida laboral y personal de manera más efectiva. Esta medida busca mejorar la calidad de vida de los funcionarios y, al mismo tiempo, aumentar la productividad en el ámbito laboral. Con esta iniciativa, la administración pública busca adaptarse a las necesidades cambiantes de la sociedad y ofrecer a sus empleados un entorno laboral más flexible y atractivo.
Flexibilidad laboral para funcionarios públicos: nuevos permisos para conciliar vida familiar y laboral
El pasado 21 de mayo de 2024, el Consejo de Ministros aprobó la reforma del subsidio de desempleo, que incluye medidas para la conciliación de la vida familiar y laboral. Entre ellas, se destaca la flexibilidad horaria para el cuidado de hijos y familiares.
Los funcionarios públicos podrán beneficiarse de una medida de conciliación familiar que ya disfrutaban los trabajadores del sector privado. Se trata de una modificación para la flexibilidad de la jornada laboral para el cuidado de hijos a su cargo o que requieran necesidades, aunque sean mayores de 12 años de edad.
Qué cambios incluye en materia de flexibilidad
El artículo tercero del decreto recoge una modificación en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para incluir de manera expresa las fórmulas flexibles de empleo como ejercicio efectivo del derecho a la conciliación respecto de los cuidadores.
El artículo 47 se modifica para acomodarse a las previsiones del artículo 9 de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre fórmulas de trabajo flexible. Las Administraciones Públicas determinarán la jornada general y las especiales de trabajo de los empleados públicos.
Medidas de flexibilización horaria
El punto 2 del decreto establece que se adoptarán medidas de flexibilización horaria para garantizar la conciliación de la vida familiar y laboral de los empleados públicos que:
- Tengan a su cargo a hijos menores de 12 años.
- Tengan necesidades de cuidado respecto de los hijos mayores de 12 años.
- Tengan necesidades de cuidado respecto del cónyuge o pareja de hecho.
- Tengan necesidades de cuidado respecto de familiares por consanguinidad hasta el segundo grado.
- Tengan necesidades de cuidado respecto de otras personas que convivan en el mismo domicilio y que, por razones de edad, accidente o enfermedad, no puedan valerse por sí mismos.
Cuándo entró en vigor esta nueva medida
Esta medida ya entró en vigor el pasado 23 de mayo de 2024, después de la publicación de la normativa en el Boletín Oficial del Estado (BOE). No obstante, deberá ser convalidada por el Congreso de los Diputados en los 30 días posteriores a su publicación.
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